El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) resolvió que la Fiscalía General de la República (FGR) deberá transparentar la versión pública de todos los interrogatorios y declaraciones recabadas, entre enero de 2017 y septiembre de 2021, como parte de la carpeta de investigación del caso Odebrecht.
En un comunicado, el organismo recordó que el constante interés ciudadano por conocer la verdad sobre este caso, motivó que desde 2018 se emitiera una resolución que ordenó a la entonces PGR dar a conocer la versión pública de la averiguación previa, y desde aquel entonces se han resuelto más de 16 recursos de revisión y en todos ellos se ha ordenado la entrega de la información.
El comisionado Óscar Guerra Ford, señaló de acuerdo con el Artículo 66 de la Ley Federal de Transparencia, prevé que las resoluciones del INAI se pueden convertir en una obligación de transparencia, atendiendo a la relevancia social de la información sobre el caso Odebrecht, por lo que se propuso y se aprobó por el Pleno ordenar a la FGR que publique en su portal y en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) la versión pública de la carpeta de investigación y la actualice de forma trimestral. Destacó que incluso el presidente de la República ha subrayado la importancia de que este caso se conozca.
“El propio Presidente de la República ha referido que este caso es de interés nacional y, por las repercusiones que tuvo tan fuertes o que pudo tener al erario público, es muy importante que se pueda transparentar, la ley lo permite con la parte excepcional de las reservas cuando son actos de corrupción, que es la que estamos aplicando y creo que daríamos un avance como sociedad para que las personas puedan conocer las actuaciones que ha tenido desde que se inició este caso”, se lee en el documento.
Esta resolución se emitió en respuesta en un nuevo recurso de inconformidad de un particular al cual la FGR le notificó que la carpeta del caso Odebrecht se encontraba en trámite y por tal razón, la información respectiva está clasificada como reservada y confidencial.
Durante la ponencia del comisionado Guerra Ford se advirtió que aun cuando la carpeta de investigación está en trámite y la información se considere reservada, dicha reserva queda supeditada por la excepción prevista en el artículo 112, fracción II de la Ley Federal de Transparencia, toda vez que la información solicitada guarda relación con la comisión de delitos relacionados con presuntos actos de corrupción.
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