La Secretaría de Energía (Sener) y la Comisión Nacional de Energía (CNE) podrán tomar el control de plantas privadas de energía, bajo las normas de una expropiación, “por causas de fuerza mayor o riesgos a la seguridad nacional o energética”, de acuerdo con lo estipulado en el nuevo Reglamento de la Ley del Sector de Hidrocarburos.

De acuerdo con información del diario Reforma,  en dicha normativa publicada el pasado 3 de octubre, se indica que la Sener tendrá la facultad discrecional de  revocar permisos, operar e incluso ocupar temporalmente las empresas privadas de energía; anteriormente estas atribuciones correspondían a la extinta Comisión Reguladora de Energía (CRE) organismo que contaba con autonomía técnica y de gestión y con esa base, emitir permisos y fungir como mediador en caso de un conflicto.

Con las nuevas normas, ahora será el gobierno quien pueda tomar la decisión de realizar una ocupación temporal, aduciendo “una necesidad de utilidad pública” ante ciertas situaciones como guerra, desastre natural, alteración del orden público, riesgos  a la seguridad nacional, energética o de economía.

Sin embargo, el mismo reglamento establece que la ocupación no podrá ser mayor a 36 meses y ya sea la Sener o la CNE, según la que haya emitido el permiso, deberá pagar una indemnización al permisionario, que consiste en una compensación a valor de mercado en términos de la Ley de Expropiación, así como en el pago de daños y perjuicios, que se encuentren debidamente acreditados.

Para poder ejercer esta facultad de ocupación temporal, la Sener o la CNE deberán detallar las causas que la motivan, así como realizar una opinión técnica y análisis jurídico que justifique la decisión. Asimismo, se llevará a cabo una relación de los bienes, derechos e instalaciones que se ocuparán, elaborar una propuesta de duración de la ocupación, así como un programa de continuidad de las actividades, mientras dura esta disposición.

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