Después de que el pasado 7 de abril la Corte Constitucional colombiana aprobó el matrimonio igualitario, los magistrados del tribunal reiteraron que ningún juez podrá negarse a formalizar las uniones de personas del mismo sexo.
La Corte advirtió que los jueces y notarios que no obedezcan la norma están desconociendo los derechos a fundar una familia sin discriminación, en libertad y con dignidad.
"Los jueces, notarios y registradores del Estado Civil, al momento de adoptar sus respectivos actos, deben asegurar el ejercicio de los derechos fundamentales de los ciudadanos, acordándoles a todos ellos igual trato", señala la sentencia.
Desde 2011 y tras varios años de debate, la Corte reconoció a las parejas homosexuales como familias, por lo que encomendó al Congreso de la República regular el matrimonio igualitario.
"Toda persona es digna, libre y autónoma para constituir una familia, de forma natural (unión marital de hecho) o unión solemne (matrimonio civil) acorde con su orientación sexual, recibiendo igual trato y protección bajo la Constitución y la Ley", reiteró la Corte.
Colombia es el cuarto país de América Latina, después de Argentina, Brasil y Uruguay, en aprobar la medida. Además de que el 5 de noviembre de 2015 también avaló la adopción entre parejas del mismo sexo.
(Con información de El País)
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