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jueves 26 diciembre 2024

CIRT impugnará fallo de la Corte sobre derechos de las audiencias; “es un ataque directo a libertad de expresión”

por etcétera

La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) calificó como un ataque directo a la libertad de expresión, al derecho a la información y a los derechos de las audiencias, lo resolución de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), respecto a la supuesta atribución del Instituto Federal Electoral (IFETEL) para regular a los medios de comunicación a través de lineamientos que ya habían sido abrogados.

En un comunicado, la CIRT informó que acudirán ante instancias internacionales de derechos humanos y ante el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) para impugnar el fallo, el cual precisan, contradice sus propias resoluciones, ya que restituye normas que la misma Corte había declarado abrogadas.

“La posición de la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT), vía el Comité de Radiodifusión, es de un absoluto rechazo a la sentencia del amparo en revisión 499/2020 aprobada por mayoría en la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el pasado 12 de mayo de 2021, toda vez que es un ataque directo a libertad de expresión y a los derechos de las audiencias, al ordenar que quedan expeditas la facultades del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFETEL) que permiten la entrada en vigor de los ‘Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias’ del 21 de diciembre de 2016, mismos que habían sido abrogados por el Congreso de la Unión mediante decreto del 31 de octubre de 2017”, indica.

Según explica la CIRT, la abrogación ya había ratificada por la propia Segunda Sala en las controversias constitucionales 34/2017 y 35/2017, promovidas por el Senado y el Poder Ejecutivo Federal, lo que hace que la sentencia del pasado 12 de mayo tenga la gravísima consecuencia de violentar la cosa juzgada.

“La Segunda Sala se contradice con sus propias resoluciones, restituyendo normas que ella misma expresamente había declarado abrogadas, sentencia anterior que se encuentra firme, y que por tanto no era susceptible de modificarse, menos aún por el propio órgano que la dictó”, insiste.

Según detalla la CIRT, la sentencia pretende restituir los lineamientos del IFETEL de 2016, o en su caso, la facultad para que el Instituto emita nuevos lineamientos, los cuales configuran un modelo de censura para los medios de comunicación, suprimen la autorregulación y violentan la Constitución.

Los lineamientos, que hasta ahora estaban derogados, “proponen un régimen de control editorial sobre los medios de comunicación basado en cuatro herramientas de censura: 1) Obligan a conductores, noticiarios y en general cualquier persona que haga uso del micrófono en radio y televisión, a diferenciar, en cada momento, de manera clara, a juicio del IFETEL, entre opinión e información a través de campanillas o anuncios; 2) Controlar la designación y actuación del defensor de audiencias, convirtiéndolo en un censor de contenidos al servicio de la autoridad, 3) Injerencia en la libertad editorial de cada medio de comunicación al poder rechazar los contenidos de su Código de Ética y 4) Suspensión precautoria de transmisiones”.

La Cámara recuerda que es el Congreso de la Unión y no el IFETEL el único facultado en la Constitución para definir los derechos de las audiencias y, en su caso, para restringir la libertad de expresión en México.

Frente a esta determinación, la CIRT presentará una queja ante CJF por la conducta del Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México; solicitará una reunión de emergencia ante el IFETEL para explicar a los comisionados actuales cómo los lineamientos ya no pueden operar dado el cambio del marco normativo del 2017; se buscará diálogo con los medios públicos federales y estatales para subrayar al Congreso de la Unión del riesgo de que se imponga regulación editorial desde instancias del Estado.

Asimismo, en caso de que por la instrucción de la Sala de Corte, el IFETEL decidiera revivir los Lineamientos de 2016, se buscarán amparos colectivos.

“La CIRT y los comunicadores de sus más de 1,200 estaciones de radiodifusión afiliadas, refrendan explícitamente su compromiso con la audiencia de que no serán censurados y de que ellos, la audiencia, podrán optar LIBREMENTE entre cientos de estaciones y miles de programas para escoger el tipo de contenidos y opiniones que deseen escuchar”, agregan.

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