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sábado 21 diciembre 2024

PRD interpone nuevo recurso ante el TEPJF por disminución de tiempos oficiales en radio y TV

por etcétera

La Dirección Nacional Extraordinaria (DNE) del Partido de la Revolución Democrática (PRD) interpuso un nuevo recurso de apelación ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por la disminución de los tiempos fiscales en radio y televisión de los partidos durante este 2020.

Lo anterior, luego de que el pasado 13 de mayo el Tribunal desechó el primer recurso que presentó el Sol Azteca, así como Movimiento Ciudadano, al argumentar incompetencia, ya que se trataba de un decreto que aún no entraba en vigor, y debido a que no se trata de “un acto o determinación cuya naturaleza sea electoral”.

En ese sentido, luego de que el viernes pasado el Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó la nueva distribución de tiempos oficiales para los partidos y la autoridad electoral, y se publicó el decreto oficial, cuyo inicio de vigencia se estableció el 15 de mayo, el PRD presentó su nuevo recurso.

En el mismo, solicita al TEPJF revierta dicho acuerdo, “debido a que reduce de forma estratosférica las prerrogativas a que tiene derecho en medios de comunicación, contraviniendo lo dispuesto por la Constitución Federal en sus artículos 41 y 134, que señalan el número específico de minutos diarios (48) por señal de radio o televisión durante el periodo de pre-campañas y hasta la jornada electoral y de 12% del tiempo disponible para el Estado cuando no hay elecciones”.

De igual forma, los dirigentes del partido recordaron que la decisión del Ejecutivo trastoca también los tiempos asignados al INE, ya que se reduce el tiempo que dispone el Estado a través de los tiempos fiscales a 21 minutos diarios en radio y 11 minutos en televisión, dando un total de tiempos oficiales de 51 minutos en radio y 41 minutos diarios en televisión.

Según el PRD, el Tribunal sí tiene atribución para discutir el asunto por ser un acto administrativo emitido en forma de Decreto, en donde el Ejecutivo, “de manera unilateral y discrecionalmente, modifica la tasa impositiva del impuesto que en especie pagan los concesionarios de radio y televisión, que es la materia que da origen a la prerrogativa de acceso a radio y televisión de los partidos políticos”.

Cabe recordar que el INE hizo lo propio al presentar ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una controversia constitucional contra el decreto presidencial.

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