Presenta Secretaría de Salud proyecto de reglamento para el uso medicinal de la cannabis

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Con más de dos años de retraso, la Secretaría de Salud (Ssa) presentó el proyecto de reglamento para la producción, investigación y uso medicinal de la cannabis y sus derivados, el cual fue enviado a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer); el objetivo es concretar las reformas a la Ley General de Salud (LGS) que hagan posible el uso medicinal de esta planta.

Dichas reformas fueron publicadas desde el 19 de junio de 2017 y desde aquel entonces el Congreso dio un plazo de 180 días al Ejecutivo para emitir la reglamentación necesaria, sin embargo, esto hasta la fecha no se ha producido.

De acuerdo con el reporte de Reforma, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia otorgó el 14 de agosto de 2019 un amparo en el que fijó a la Secretaría de Salud un plazo de 180 días hábiles para reglamentar el uso terapéutico de la cannabis, mientras que el 27 de septiembre, un juez federal empezó a requerir el cumplimiento de dicha sentencia.

El proyecto de reglamento turnado a la Conamer incluye una Manifestación de Impacto Regulatorio, y estará disponible para su consulta antes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación por medio de un decreto presidencial.

Con el reglamento se prevé dar atribuciones al Gobierno para vigilar la producción de cannabis con fines de investigación para la salud, farmacológica y agronómica, así como para la elaboración de medicamentos que podrán prescribir los profesionales de la salud únicamente mediante formatos controlados con código de barras.

También establece la importación a México de materia prima, complejos moleculares, derivados farmacológicos y medicamentos, así como una estricta regulación de toda la cadena de producción, desde la obtención y almacenamiento de semillas, hasta la distribución y comercialización de los medicamentos.

“La producción primaria de la planta se hará en sitios confinados permitidos aislados de la población, y cada titular de un registro sanitario deberá contar con laboratorio de control de calidad, autorizados por la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), para dar seguimiento al proceso de fabricación”, se indica en el proyecto .

Otras de las autoridades involucradas en aplicación de esta reglamentación serán el SAT y la Secretaría de Economía, en la parte aduanera y de impuestos al comercio exterior; el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica), para la aplicación de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, y el Servicio Nacional de Inspección y Calificación de Semillas (SNICS), para regular la producción de semillas.

Cabe aclarar que este proyecto reglamento no tiene que ver  con el consumo recreativo de la cannabis, autorizado por la Primera Sala de la Corte, en varios amparos que se otorgaron a particulares desde 2015, no obstante, debido la jurisprudencia generada por dichos amparos, el Congreso tiene que reformar o derogar cinco artículos de la Ley General de Salud prohíben cualquier tipo de consumo de la cannabis.

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