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Rechaza SCJN amparo de Telcel contra medidas de interconexión

Por etcétera ·

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó un amparo promovido por Telcel para ya no estar obligada a prestar servicios de interconexión a sus competidores, como parte de las medidas asimétricas que se le impusieron por ser agente preponderante.

La empresa de Carlos Slim intentaba declarar inconstitucional el artículo 133 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión con la cual el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) pudo redactar los lineamientos con los cuales se realizaría la interconexión.

Entre las acciones que tiene que realizar la compañía del consorcio de América Móvil está la conducción de tráfico, llamadas y mensajes cortos, enlaces de transmisión, puertos de acceso y señalización.

Según la defensa del operador, este artículo violaba la Constitución ya que se le atribuían facultades al IFT exclusivas del Congreso de la Unión. No obstante, el Máximo Tribunal determinó que fue el propio Poder Legislativo quien le otorgó este poder para que el órgano regulador cumpliera con sus obligaciones.

“El Congreso de la Unión se encuentra plenamente facultado para establecer en el artículo reclamado las obligaciones que deben cumplimentar los agentes económicos preponderantes en la prestación del servicio de interconexión, lo que desde luego, no conlleva a que el IFT se encuentre impedido para regular lo relativo el trato asimétrico de las concesionarias, y con ello incumplir los objetivos legales para los cuales fue creado” se lee en la sentencia difundida por Reforma.

La función regulatoria del IFT no se presenta como un límite a las facultades legislativas del Congreso de la Unión en la materia de telecomunicaciones, por el contrario, son las leyes emitidas con base en el artículo 73, fracción XVII, de la Constitución federal, las que establecen los términos conforme a los cuales el IFT desarrollará su función regulatoria”.

De este modo fue rechazado el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán por lo que el amparo, promovido por Telcel a principios de 2015, fue turnado al Segundo Tribunal Colegiado Especializado en Telecomunicaciones y Competencia Económica para terminar de revisar el acuerdo del IFT sobre medidas de interconexión.

mahy