La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la revista de espectáculos TV Notas debe pagar una indemnización económica a la conductora de televisión Maritere Alessandrini por difundir, sin su consentimiento, unas fotografías donde aparece en topless.
En comunicado, la Corte informó que en su denuncia, la quejosa argumentó que se vulneró su derecho a la propia imagen, por lo que reclamó una reparación por daño moral.
En el proyecto del caso, a cargo del Ministro Arturo Zaldívar, se explicó que la vulneración del derecho a la propia imagen no es susceptible de repararse por medio de una indemnización por daño moral bajo los términos de la Ley de Derechos de Autor, pero sí procede una reparación por daño material, dado que el derecho a la propia imagen puede ser considerado como un bien de mercado. En este caso específico, se resolvió que la publicación obtuvo un beneficio económico con la difusión no autorizada de la fotografías motivo de la disputa legal.
Asimismo, se establece que en el periodismo de entretenimiento o de espectáculos, sólo existe interés público en publicar imágenes de personas privadas con proyección pública sin su consentimiento cuando éstas se relacionan con su actividad profesional, condición que no se cumplió en el asunto analizado.
Con el fallo de la SCJN concluye el análisis del recurso de amparo otorgado a la demandante, ante una resolución de un juez de distrito a favor de Notmusa, empresa editora de TV Notas, en la cual se argumentaba el derecho a la libertad de expresión.
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