La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó por unanimidad la aplicación de medidas cautelares en los spots político-electorales en donde se utilice a niños; ello con la finalidad de proteger los derechos de la infancia.
En un comunicado, el máximo órgano electoral explicó que cuando en la propaganda se recurra al empleo de imágenes de personas menores de edad como recurso propagandístico, las autoridades electorales deben implementar medidas encaminadas a la tutela de los derechos de los menores, aun cuando no se acredite algún daño específico con dicho contenido.
“Para efectos de su protección, lejos de exigirse la acreditación de la afectación, basta que su derecho se coloque en una situación de riesgo”, apunta la resolución del TEPJF.
El fallo se basa lo estipulado en los artículos: 1º y 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el 19, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; el 6º de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; y 471, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
“El TEPJF protege los derechos de las niñas, niños y adolescentes, dando prioridad a la protección del interés superior de los menores”, se lee en el boletín.
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