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sábado 14 diciembre 2024

La SCJN invalida objeción de conciencia de Ley de Salud; no debe entrar en conflicto con otros derechos

por etcétera

El artículo 10 Bis de la Ley General de Salud (LGS), referente a la objeción de conciencia de personal médico y de enfermería, fue declarado inválido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) porque no se establecen límites ni lineamientos para que se ejerza sin poner en riesgo otros derechos humanos, como el de la salud.

En su sesión de este lunes, el Pleno de la SCJN consideró inválido el citado artículo por ocho votos, mientras que los restantes tres plantearon que le fueran agregados lineamientos. Los ministros consideraron que si bien la objeción de conciencia es constitucional, la mayoría consideró que el artículo 10 Bis es no define detalladamente lineamientos para no poner en riesgo los derechos de los pacientes y porque no puede entrar en conflicto con derechos sexuales y reproductivos.

El artículo 10 Bis de la LGS, establecido desde 2018, dice: “El personal médico y de enfermería que forme parte del Sistema Nacional de Salud, podrán ejercer la objeción de conciencia y excusarse de participar en la prestación de servicios que establece esta ley. Cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica, no podrá invocarse la objeción de conciencia, en caso contrario se incurrirá en la causal de responsabilidad profesional. En el ejercicio de la objeción de conciencia no derivará en ningún tipo de discriminación laboral”.

El proyecto sobre el asunto, presentado por el ministro Luis María Aguilar, consideraba agregar lineamientos de la SCJN para limitar el ejercicio de la objeción de conciencia. Sin embargo, apenas tres ministros lo respaldaron, aunque la mayoría reconoció su esfuerzo.

Los ministros que votaron por la invalidez del artículo 10 Bis de la LGS fueron Arturo Zaldívar, José Fernando Franco, Javier Laynez, Margarita Ríos Farjat, Norma Lucía Piña, Yasmín Esquivel, Juan Luis González-Alcántara y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena (quien cambió su voto para alcanzar la mayoría calificada para la invalidez).

Por el añadido de lineamientos estuvieron Alberto Pérez Dayán, Jorge Mario Pardo y Aguilar.

La acción de inconstitucionalidad contra el artículo 10 Bis de la LGS fue presentada por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en junio de 2018, cuando su titular aún era Luis Raúl González Pérez.

En su próxima sesión, que se realizará este martes 21 de septiembre, la SCJN decidirá si se dirige sólo una exhortación al Congreso de la Unión para que el derecho de objeción de conciencia sea reformado o si se establece su obligación para armonizar ese derecho con el de la protección a la salud.

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