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jueves 07 noviembre 2024

Revocación: SCJN prohíbe ejercer acción penal contra consejeros del INE

por etcétera

La Suprema Corte de Justicia tomó este miércoles dos decisiones trascendentales para el INE en el tema de la revocación de mandato: autorizó que se organice con el presupuesto disponible y prohibió que se ejerza acción penal en su contra si no instala todas las casillas que marca la ley.

Al votar y aprobar un proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara, la SCJN determinó así que el INE está autorizado a organizar la consulta de revocación de mandato con el presupuesto que tiene disponible. Esto, luego de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público negó entregar 1 738 millones de pesos, necesarios para instalar el total de las casillas.

Y, al tiempo de autorizar que se haga lo posible con el presupuesto con que se cuenta, la SCJN también ordenó que los consejeros electorales no sean sancionados ni penal ni administrativamente por instalar menos casillas que las que marca la ley.

Hace un par de semanas, el presidente Andrés Manuel López Obrador se negó a que la SHCP entregara recursos al INE y además, dijo que éste debería organizar la consulta “con todas las casillas”.

De acuerdo con la Ley Federal de Revocación de Mandato, la consulta de revocación tiene la jerarquía de una elección federal y por ello, deberá contar con el mismo número de casillas de la elección federal previa, en este caso, más de 160 mil.

Pero, debido al recorte presupuestal y la negativa del gobierno federal de dar más recursos, no se podrán instalar todas, lo cual ponía en riesgo de sanciones al instituto electoral.

El fallo de este miércoles blinda a árbitro electoral al permitirle que organice el ejercicio hasta donde pueda y sin ser castigado. Este fallo se deriva de una impugnación que presentó el INE en contra de la reducción de casi 5 millones de pesos para su presupuesto 2022.

En diciembre, el ministro González Alcántara se negó a pronunciarse al respecto, debido a que no se habían reunido las firmas para emitir la convocatoria. Ya reunidas las firmas necesarias, la Corte procedió a modificar la resolución del 10 de diciembre.

“Se modifica la suspensión decretada el 10 de diciembre de 2021, solicitada por el INE, para que lleve a cabo el procedimiento de revocación de mandato de la manera más eficiente, tanto como lo permita el presupuesto que hasta el momento tiene programado; así como para que no se ejecute la resolución sobre algún tipo de responsabilidad penal o administrativa en contra de los integrantes del Consejo General de dicho Instituto”, ordenó el Ministro.

De acuerdo al presupuesto disponible, el INE podrá instalar como máximo 60 mil casillas.

También este miércoles, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, tomó una resolución de importancia para el organismo electoral, ya que confirmó que cuenta con la autonomía para realizar adecuaciones a su presupuesto para organizar la revocación de mandato.

De manera sorpresiva, esta postura fue impulsada por el magistrado José Luis Vargas y fue aprobada por mayoría.

El fallo del TEPJF defiende la decisión del INE de no reducir salarios ni prestaciones para realizar ahorros, tal como lo exigió Morena mediante un recurso legal, sino de hacer ajustes en donde lo considere necesario.

En síntesis, este miércoles 2 de febrero fue de cierre positivo para el organismo electoral que podrá organizar la consulta de revocación con el dinero con el que cuenta, haciendo ajustes donde lo considere pertinente y sin sufrir sanciones por ello.

*ofv

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