El día de hoy, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anularon la multa impuesta por la Sala Regional Especializada contra TV Azteca y el PVEM y que ascendió a 350 mil pesos y 70 mil 100 pesos respectivamente por la transmisión de un reportaje que se llamó “Acuerdo de movilidad” y que, entonces, se consideró que ello había transgredido la ley electoral.
La Sala Superior determinó que aquella resolución es atentatoria de la libertad de expresión y que ese reportaje es parte del derecho al libre ejercicio de la labor periodística, más todavía cuando no existen parámetros de cobertura en la ley para registrar en las pantallas los temas relacionados con los partidos políticos durante procesos electorales. Además, según la Sala, no se hallaron elementos para poder determinar que con ese reportaje se violó la neutralidad exigible al medio durante procesos electorales.
