Los integrantes de la Guardia Nacional no recibieron la capacitación necesaria: son marinos, soldados o policías federales sencillamente con distinto uniforme. No se cuenta con una estrategia para enfrentar la criminalidad
La Academia Mexicana de Ciencias Penales —integrada por expertos del mayor prestigio en esas disciplinas— ha manifestado su inquietud por medidas y reformas recientes que se apartan de los principios del sistema penal democrático y vulneran derechos humanos. En el breve espacio de esta nota intentaré resumir los motivos de esa inquietud.
La seguridad pública se ha militarizado, contrariamente a los ofrecimientos que como candidato hizo el hoy Presidente de la República, y continúa sin atenderse la tan urgente profesionalización de las policías del país. Los integrantes de la Guardia Nacional no recibieron la capacitación necesaria: son marinos, soldados o policías federales sencillamente con distinto uniforme. No se cuenta con una estrategia para enfrentar la criminalidad, que hoy alcanza la más alta incidencia desde que se lleva registro oficial.
La prisión preventiva oficiosa (de aplicación obligatoria), razonable sólo para los delitos más graves, se ha extendido de manera exagerada abarcando delitos que no tienen esa característica de gravedad mayúscula, lo que resulta inaceptable porque se trata de una pena, nada menos que la de privación de la libertad, que se impone a un inculpado sin que haya sido declarado culpable por la autoridad judicial.
La extinción de dominio ha tomado también una extensión inadmisible. Se aplicará a cientos de casos a partir de meras sospechas y pruebas insuficientes. Su aplicación no requiere una sentencia judicial condenatoria. Se supone que no constituye una medida penal, pero se funda en la probable comisión de un delito. En su origen quedaba reservada a la delincuencia organizada. Hoy pone en grave riesgo los derechos de centenares de personas inocentes.
Mediante decreto del Congreso de la Unión, publicado el 30 de diciembre de 1939, se resolvió que el archipiélago de las Islas Marías continuara como colonia penal. A despecho del sistema de separación de poderes y de la observancia de las facultades propias de éstos, el Presidente de la República cambió ese destino sin intervención del Poder Legislativo. Esa colonia penal era el reclusorio mejor evaluado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
En Tabasco se realizaron reformas penales en virtud de las cuales se han establecido penas extremadamente desproporcionadas para conductas que ya estaban prohibidas en el Código Penal. Así, por ejemplo, la oposición a que se ejecute una obra pública ordenada o autorizada legalmente por la autoridad, a la que anteriormente se asignaba una punibilidad de hasta seis meses de semilibertad (libertad de noche y reclusión de día, o viceversa; o libertad de fin de semana y reclusión el resto de días, o viceversa), hoy se castiga hasta con 13 años de prisión. Esa conducta puede ser castigada con una pena mayor que un homicidio doloso.
El Congreso de la Ciudad de México aprobó reformas al Código Penal que incrementan desmesuradamente diversas penas.
Las normas jurídico-penales son las más severas de todo el ordenamiento jurídico porque tutelan los bienes más importantes de los individuos contra las conductas más dañinas para la convivencia civilizada. De ahí que las sanciones que establecen sean las más duras, sobre todo las que prevén la pena de prisión, que no sólo priva de la libertad al reo, sino que frecuentemente le deja secuelas indelebles.
El ius puniendi —la potestad punitiva— es la expresión más agresiva del poder del Estado. Por eso mismo sólo deben prohibirse penalmente los comportamientos más perniciosos y conminarse con penas de magnitud proporcional a su gravedad.
Todo individuo debe ser considerado inocente mientras no sea declarado culpable por una autoridad judicial y, por ende, el Estado no puede privarlo de sus bienes sin que se haya dictado una sentencia condenatoria en su contra.
Además, la preservación de la seguridad pública debe estar a cargo de policías civiles suficientemente capacitadas, y el Poder Ejecutivo no está facultado para desconocer las decisiones tomadas legal y legítimamente por el Poder Legislativo.
Por lo aquí expuesto, la Academia Mexicana de Ciencias Penales deplora y rechaza la adopción de las reformas y medidas aquí señaladas, las cuales, por autoritarias e irrazonables, carecen de legitimidad y no son propias de una sociedad democrática.
Este artículo fue publicado en Excélsior el 12 de septiembre de 2019, agradecemos a Luis de la Barreda Solórzano su autorización para publicarlo en nuestra página.