México prepara una Ley de Inteligencia Artificial. El problema será decidir qué regular

Una modificación de unas cuantas palabras en la Constitución podría convertirse en el punto de partida de una de las discusiones tecnológicas más importantes de los próximos años en México.

El diputado Óscar Iván Brito Zapata, de Morena, presentó una iniciativa para modificar la fracción XVII del artículo 73 de la Constitución y otorgar al Congreso de la Unión una facultad expresa para legislar en materia de Inteligencia Artificial.

Puede parecer una reforma técnica y hasta aburrida.

No lo es.

Porque la propuesta no solamente busca incorporar la Inteligencia Artificial a las facultades del Congreso. También establece que, una vez aprobada la reforma constitucional, deberá expedirse una Ley General en materia de Inteligencia Artificial.

Es decir, primero se quiere abrir la puerta constitucional y después construir la regulación que pasará por ella.

¿Qué quieren cambiar?

El artículo 73 establece las facultades del Congreso de la Unión.

Actualmente, su fracción XVII le permite dictar leyes sobre vías generales de comunicación, tecnologías de la información y la comunicación, radiodifusión, telecomunicaciones, banda ancha e Internet, entre otras materias.

La Inteligencia Artificial no aparece expresamente.

La iniciativa propone incorporar y facultar al Congreso para legislar buscando promover su uso responsable y garantizar que su desarrollo respete los derechos humanos.

Además, el proyecto establece un plazo máximo de 180 días, después de la entrada en vigor de la reforma, para expedir una Ley General en materia de Inteligencia Artificial.

Ese último punto cambia la dimensión de la propuesta.

No estamos simplemente ante una actualización constitucional para reconocer que la IA existe.

Estamos ante el posible inicio de la construcción de un marco nacional para regularla.

¿México necesita una ley de Inteligencia Artificial?

Probablemente sí.

La IA ya se utiliza para generar contenidos, analizar información, reconocer imágenes, automatizar procesos, evaluar riesgos y apoyar decisiones que pueden afectar directamente a las personas.

Por eso necesitamos reglas.

Pero antes de discutir prohibiciones, sanciones u obligaciones aparece una pregunta mucho más elemental:

¿Qué vamos a considerar legalmente Inteligencia Artificial?

Parece una pregunta sencilla hasta que intentamos responder.

Chat GPT es el ejemplo evidente.

Pero pensemos en un sistema de reconocimiento facial, un programa bancario que analiza cientos de variables antes de otorgar un crédito, un algoritmo que detecta posibles fraudes o una herramienta utilizada por una dependencia gubernamental para encontrar patrones dentro de millones de registros.

¿Todo será Inteligencia Artificial para efectos de la ley?

La respuesta importa.

Definir mal puede significar regular mal

Una definición demasiado estrecha puede dejar fuera sistemas que sí representan riesgos importantes.

Una demasiado amplia puede terminar imponiendo obligaciones de Inteligencia Artificial a sistemas informáticos que llevan años funcionando mediante automatización o algoritmos convencionales.

Y después viene una segunda pregunta todavía más complicada: ¿queremos regular la tecnología o sus riesgos?

No representa el mismo peligro utilizar Inteligencia Artificial para corregir la ortografía de un correo que utilizarla para determinar si una persona obtiene un crédito, identificarla mediante reconocimiento facial o apoyar una decisión de una autoridad.

La tecnología puede ser similar.

Las consecuencias, evidentemente, no.

Por eso una futura legislación mexicana debería evitar la tentación de regular toda la Inteligencia Artificial como si representara el mismo nivel de riesgo.

No solamente hay que mirar a las empresas

Cuando hablamos de regular IA, rápidamente pensamos en Open AI, Google, Meta, Microsoft y otras grandes compañías tecnológicas.

Pero hay otro usuario que también debería quedar claramente sometido a reglas: el Estado mexicano.

Las autoridades también pueden utilizar Inteligencia Artificial para analizar información, automatizar trámites, detectar patrones, identificar personas o apoyar decisiones administrativas.

Y ahí la transparencia resulta especialmente importante.

Si una decisión automatizada afecta el acceso de una persona a un servicio, beneficio o derecho, debería existir la posibilidad de saber que intervino un sistema automatizado, conocer qué información relevante utilizó y contar con mecanismos para cuestionar el resultado.

No tendría sentido construir una legislación que exija transparencia a las empresas mientras concede al gobierno amplios espacios para utilizar estas tecnologías sin obligaciones equivalentes.

La reforma constitucional es apenas el principio

Dar al Congreso una facultad expresa para legislar sobre Inteligencia Artificial no es necesariamente una mala decisión.

Al contrario, puede proporcionar mayor claridad jurídica y permitir que México construya un marco nacional en lugar de reaccionar tarde ante cada nuevo problema tecnológico.

Pero aprobar la reforma será la parte fácil.

Después habrá que definir qué entiende México por Inteligencia Artificial, cuáles usos representan riesgos, qué derechos tendrán las personas frente a sistemas automatizados, qué responsabilidades asumirán quienes los desarrollen y utilicen, y qué límites tendrá el propio gobierno.

Es ahí donde realmente deberíamos poner atención.

Porque México probablemente necesita una Ley General de Inteligencia Artificial.

Lo que no necesita es una ley creada simplemente porque la Inteligencia Artificial está de moda.

Antes de regular tendremos que decidir qué problema queremos resolver, qué tecnologías realmente necesitan reglas especiales y qué derechos queremos proteger.

Modificar el artículo 73 solamente abre la puerta.

Lo importante será observar qué decide el Congreso por ella.

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