Entre los 13 precandidatos inscritos en el proceso del Frente Amplio por México (FAM) se encuentra Gabriel Quadri de la Torre, quien se encuentra inscrito en el registro nacional de violencia política contra mujeres por sus expresiones contra la diputada Salma Luévano.
Este lunes el FAM informó que en su proceso de elección de su coordinador para su construcción fueron 13 personas las que cumplieron los requisitos de la primera etapa, entre quienes se encuentra el diputado federal por el PAN Quadri de la Torre. Sin embargo, la reportera de Excélsior, Leticia Robles de la Rosa, recordó que el legislador se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.
Efectivamente, el 21 de abril de 2022 la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación concluyó, de forma unánime, que las expresiones que Quadri de la Torre había hecho contra la diputada federal Salma Luévano Luna tuvieron como finalidad invisibilizarla a ella y a las mujeres transgénero, con lo cual vulneró su derecho político-electoral de ejercicio del voto pasivo en relación con una categoría de género.
La Sala estimó que Quadri había proferido comparaciones destructivas y de rechazo ya que dijo que las mujeres trans son distintas a las de cisgénero, además de que utilizó un lenguaje discriminatorio, por lo que consideró que cometió violencia política contra las mujeres en razón de género en las modalidades de violencia psicológica, sexual y digital.
Entonces el TEPJF dio vista del asunto a la Cámara de Diputados, además de que le dictó algunas medidas de reparación integral, como realizar cursos en materia de violencia política contra las personas LGBTTTIQA+, que ofreciera una disculpa pública y la publicación de la sentencia en su cuenta de Twitter.
Además, la Sala incluyó a Quadri de la Torre en el Catálogo de Sujetos Sancionados en los Procedimientos Especiales Sancionadores.
Posteriormente, el 14 de diciembre de 2022, la Sala Superior del TEPJF ratificó la sentencia contra Quadri de la Torre, por lo que fue inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, del Instituto Nacional Electoral, por un plazo de dos años y nueve meses.
Al respecto, Robles de la Rosa reprodujo la fracción VII del artículo 38 constitucional, en el que se establece que los derechos de los ciudadanos se suspenden, entre otras razones, por tener sentencia firme por violencia política contras las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
Además, también citó que las reglas del FAM incluían la declaración 3 de 3 contra la violencia.
Entre las respuestas al tuit de Robles de la Rosa estuvo la de la abogada Adriana Leonel de Cervantes, quien aclaró que el registro de marras no es una sanción, sino una medida de reparación del daño; la reforma del 3 de 3 contra la violencia contra las mujeres exige sentencia firme por delito en materia penal, además de que no se puede aplicar de forma retroactiva.