Después del INE: ¿quién le pide cuentas a ProceSAR?
La Base de Datos Nacional del SAR es propiedad exclusiva del Gobierno Federal. Su operación es de interés público

Las denuncias que el órgano de control del INE presentó ante la Fiscalía por presuntas irregularidades en contratos del instituto deberían abrir una discusión más amplia. ¿Por qué hay que esperar a que una contratación se convierta en escándalo para preguntar quién decidió, cuánto se pagó y quién vigiló? Esas preguntas también deberían hacerse hoy en ProceSAR, la empresa que opera la base nacional de datos del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR).
Jaime Díaz Tinoco asumió la dirección general de ProceSAR en octubre de 2010, durante el sexenio de Felipe Calderón, según una ficha de Grupo Financiero Afirme. El 3 de noviembre pasado, El CEO aún lo identificó como director y reportó que KIO Networks y Kyndryl buscan el nuevo contrato tecnológico. Dieciséis años después de su llegada, el consejo debería explicar cuándo evaluó por última vez su desempeño, qué resultados encontró y por qué lo ha mantenido en el cargo.
La Base de Datos Nacional del SAR es propiedad exclusiva del Gobierno Federal. Su operación es de interés público y la ley prevé que Hacienda otorgue la concesión previa opinión de la CONSAR. ProceSAR es una empresa privada y las Afores que participan como accionistas tienen una pregunta que contestar. ¿Qué controles han exigido a su propia empresa para proteger la información de los trabajadores y cómo comprueban que se cumplen?
La nueva contratación obliga a revisar qué hace en la práctica la concesionaria. ¿Qué funciones, personal y capacidad técnica conservará ProceSAR? ¿Cuáles quedarán en manos del proveedor? Si el contrato abarca funciones esenciales de la operación, la Secretaría de Hacienda y la CONSAR deberían explicar qué aporta el esquema de concesión y subcontratación y cómo se reparten las responsabilidades si el proveedor falla.
También hay que seguir el dinero. ¿Cuánto paga hoy ProceSAR por estos servicios, cuánto costará el nuevo contrato y quién absorberá ese costo? Las Afores y ProceSAR deberían identificar la fuente de los recursos y aclarar si el gasto se traslada de alguna forma al trabajador. Las bases, los criterios de evaluación y una versión pública del fallo y del contrato permitirían revisar si el precio y la selección se justifican.
La soberanía de los datos se juega en las condiciones del contrato. Importa dónde se alojan los registros y sus respaldos, desde qué países pueden entrar los equipos de soporte, bajo qué jurisdicción trabajan y quién controla las llaves de cifrado. También importa quién puede revocar un acceso, auditar lo que hizo un tercero y recuperar la operación si el contrato termina. La CONSAR debería explicar cuáles de esas condiciones revisará y cómo comprobará su cumplimiento.
Antes de que se decida el contrato, Díaz Tinoco debería responder públicamente por el proceso y el consejo debería revisar formalmente su continuidad. Tras 16 años, las Afores accionistas deben explicar qué le han exigido y qué resultados justifican que siga. Si la dirección no puede documentar cómo elige a sus proveedores, de dónde sale el dinero y quién conserva el control de los datos, el consejo debe relevarla.
Fuentes. La Jornada, 6 de noviembre de 2026. El CEO, 3 de noviembre de 2026. Grupo Financiero Afirme, información complementaria a marzo de 2026. Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, artículos 57 y 58.




