febrero 22, 2025

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Ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), los grupos parlamentarios del PAN, PRI, PRD y MC en la Cámara de Diputados presentaron una acción de inconstitucionalidad contra la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, con la cual fueron creados los llamados superdelegados y la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, además de que también encargó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público la planeación de la política en materia de contrataciones públicas y la consolidación de los procedimientos de compra de bienes y servicios.

Los principales alegatos contra la ley citada son vicios en el procedimiento legislativo, la violación del principio de legalidad y la afectación a las entidades federativas.

La acción de inconstitucionalidad fue presentada en la SCJN por Juan Carlos Romero Hicks, René Juárez, Tonatiuh Bravo y Ricardo Gallardo, coordinadores de las bancadas del PAN, PRI, MC y PRD, respectivamente.

Uno de los principales argumentos de los diputados opositores es que los superdelegados representan un sistema netamente centralista que rompe con la esencia del sistema federal: la autonomía de las entidades federativas y la descentralización política. Asimismo, señalan que la nueva figura genera un estado generalizado de incertidumbre, en perjuicio de los principios de legalidad y seguridad jurídica.

Añaden sobre los superdelegados: “Se les asigna un amplio margen de discrecionalidad para operar y crear su propia estructura en torno a los programas que entregan beneficios sociales directos a la población. Sin la previsión de mecanismos de control y garantías institucionales, y por el contrario, la permisión al superdelegado para crear su ejército de funcionarios adscritos a esta labor, se abre un gran espacio para el ejercicio arbitrario del poder”.

Asimismo se añade el señalamiento de que es inconstitucional que la Secretaría de Energía coordine con la Comisión Reguladora de Energía la determinación de las tarifas reguladas de los servicios establecidos en la Ley de la Industria Eléctrica.

Los quejosos también mencionan que la Consejería Jurídica nombrará e incluso podrá remover a los titulares de las unidades encargadas del apoyo jurídico de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

arm

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