Juez ordena al fiscal de Veracruz desbloquear de Twitter a periodista; “vulnera su derecho de acceso a la información”

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Jorge Holder Gómez, juez Décimo Quinto de Distrito en Veracruz ordenó al fiscal de dicho estado, Jorge Winckler Ortiz, desbloquear de su cuenta de Twitter a la periodista Naldy Patricia Rodríguez.

Lo anterior, al conceder un amparo a favor de la comunicadora dentro del expediente 1407/2017, quien argumentó en su demanda del 23 de noviembre de 2017 que dicho bloqueo es discriminatorio y limita el derecho de acceso a la información de carácter público que ahí escribe.

De acuerdo con el reporte de Milenio, el pasado 28 de agosto el juez dio la razón a la periodista y determinó que el fiscal de Veracruz vulneró su derecho de acceso a la información.

Se trata del segundo caso similar que el Poder Judicial analiza, anteriormente el Juzgado Décimo Octavo de Distrito también amparó al periodista a Miguel León Carmona. Sin embargo, según reporta Al Calor Político, el fiscal tramitó un recurso de revisión y el asunto está en vías de ser atraído por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La Fiscalía justifica que el bloqueo se trata de un “acto personal” y que lo publicado por Winckler en Twitter “no reviste un interés público”, además de que “la periodista pudo allegarse de la información a través de otros medios”.

Sin embargo, en la sentencia a favor de Naldy Rodríguez, el juez Holder Gómez citó criterios de la Suprema Corte, así como de tratados internacionales, donde se aborda el tema de la libertad de expresión a través del Internet, específicamente, el bloqueo de una página electrónica.

Dichos criterios señalan que el Estado debe tener en cuenta que la evolución de las tecnologías de la información y la comunicación, como Internet y los sistemas de difusión electrónica de la información en tecnología móvil, han cambiado sustancialmente las prácticas de la comunicación en todo el mundo. Ahora “existe una red mundial en la que intercambiar ideas y opiniones (…) no se basa necesariamente en la intermediación de los medios de comunicación de masas”; de ahí que el Estado debe tomar “… todas las medidas necesarias para fomentar la independencia de esos nuevos medios y asegurar el acceso a los mismos de los particulares”.

“En conclusión, el fiscal General del Estado de Veracruz al bloquear a un seguidor en la red social Twitter, violenta el derecho humano de éste a ser informado establecido en el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 13 de la Convención Americana sobre derechos Humanos, adoptada en San José de Costa Rica y 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”, agrega el juez en la sentencia.

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