La Secretaría Anticorrupción y de Buen Gobierno, encabezada por Raquel Buenrostro, calificó como “confidencial” toda información relativa a denuncias o quejas contra el expresidente Andrés Manuel López Obrador porque puede afectar a su “honor, prestigio y buen nombre”.
Así lo informó el diario El Universal este sábado 28 de diciembre al reportar la respuesta que la dependencia, antes la Secretaría de la Función Pública, le dio a una petición de información pública. Se recordará que ante la extinción del INAI, será la SFP, ahora Anticorrupción, la encargada de cumplir con las obligaciones de transparencia.
Pero no pinta nada bien, de acuerdo a lo que informa el diario, ya que un mes antes, el 28 de noviembre, solicitaron “conocer el número de denuncias, quejas o procedimientos administrativas en contra del exmandatario y de los extitulares de la SFP, Defensa Nacional, Marina, Guardia Nacional, Seguridad, Gobernación, Hacienda, SICT, SRE, CFE, Pemex, IMSS e ISSSTE del 1 de diciembre de 2018 al 30 de septiembre de 2024” y la información les fue negada bajo el principio de la presunción de inocencia.
El argumento esgrimido fue el “criterio de confidencialidad FUNCIONPUBLICA/CT/01/2020 emitido por el Comité de Transparencia de esta secretaría” y que se aplica a procedimientos que se encuentran en trámite o bien, que hayan concluido con una sanción, entre otros estatus.
Pero sobre todo, que “pueda provocar un daño real, actual y objetivo en la vida privada de la persona servidora pública, al ponerse en entredicho su capacidad, aptitud, confiabilidad, honradez y dignidad como profesionista, y en consecuencia, se afectaría su futuro laboral o profesional; en consecuencia, la información solicitada es susceptible de ser clasificada como confidencial”.
En síntesis, la SABG ni negó ni confirmó la existencia o no existencia de quejas o denuncias contra AMLO y miembros de su gabinete, porque no se encontraron “sanciones firmes” contra ellos.
En su respuesta, la dependencia recordó al diario que el principio de presunción de inocencia “es aplicable al procedimiento administrativo sancionador con matices o modulaciones”, es decir, que no importa que no se trate de una acusación penal, igual vale dicho principio.
Dice la nota que la dependencia “advirtió que la emisión de cualquier pronunciamiento que dé cuenta de la existencia o inexistencia de alguna queja o denuncia en contra de una persona identificada o identificable que no se encuentre con sanción firme, se considera información confidencial” debido a que la difusión de cualquier posible investigación puede causar daños al funcionario o exfuncionario.
El Universal recuerda que esta reserva de información se suma a la declarada a fines de noviembre por la Defensa respecto al esquema de seguridad que gozan de parte de elementos militares todos los miembros de la familia de AMLO.
ofv