La Suprema Corte declara inconstitucional la penalización del aborto en Aguascalientes

Cuartoscuro

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la penalización del aborto establecida en el Código Penal de Aguascalientes, con lo que se convierte en el estado de la República número 12 en ese aspecto.

En su sesión de este miércoles, la Primera Sala de la SCJN, con cuatro votos a favor, declaró la invalidez de los artículos 101, 102 y 103 del Código Penal de Aguascalientes por considerarlos inconstitucionales, después de que varias asociaciones civiles presentaron un amparo al respecto.

El ministro ponente del caso fue José Luis González Alcántara, quien en su proyecto consideró que los artículos mencionados son contrarios a los derechos humanos de las mujeres y de las personas gestantes, a la igualdad, a la no discriminación y a la salud.

Entre las asociaciones que denunciaron los artículos mencionados del Código Penal de Aguascalientes se encuentran Cultivando Género, Terfu, Help Morras, el Grupo de Información en Reproducción Elegida y el Cecadec.

Ahora el Congreso de Aguascalientes deberá hacer una reforma por la que se deroguen los artículos declarados inconstitucionales que penalizaban a las mujeres que interrumpen sus embarazos.

De esta forma, Aguascalientes es la entidad de la República número 12 en despenalizar el aborto. Las anteriores fueron Baja California, Baja California Sur, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Hidalgo, Guerrero, Oaxaca, Sinaloa, Quintana Roo y Veracruz.

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