febrero 23, 2025

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El “Libro Blanco sobre el proceso electoral federal 2011-2012” y la pluralidad de dilemas que integran su contenido son características del documento que servirá como insumo ante la perspectiva de impulsar reformas electorales de gran calado.

Este documento ofrece propuestas para mejorar las reglas electorales. Contiene elementos que pretenden contribuir al debate ciudadano, legislativo y académico. Fue coordinado por un grupo de consejeros electorales; las direcciones ejecutivas, así como la Junta General Ejecutiva fueron las encargadas de proporcionar el material contenido en el mismo. Refleja el esfuerzo de quienes conformamos el IFE durante el proceso electoral federal 2012.

El “Libro Blanco” no es solo un referente de consulta, sino que contiene reflexiones y aportaciones, de manera especial, del Consejo General es decir de consejeros electorales, de los representantes de los partidos políticos y del poder legislativo.

Este documento contiene temas de gran importancia, basta recordar los tres objetivos de la pasada reforma electoral: disminuir en forma significativa el gasto en campañas electorales; fortalecer las atribuciones y facultades de las autoridades electorales federales e impedir que actores ajenos al proceso electoral incidan en las campañas y sus resultados a través de los medios de comunicación.

I.Con independencia de que los partidos políticos determinaran en el Pacto por México crear una autoridad electoral nacional y una legislación única de las elecciones federales, estatales y municipales, para robustecer algunas de las atribuciones del IFE, puede considerarse lo siguiente:

a. Mantener o no la facultad de arbitraje del IFE para conocer de los procedimientos administrativos sancionadores.

b. Regular las encuestas electorales.

c. Ampliar los plazos para los cómputos distritales y los respectivos recuentos, toda vez que en 2011-2012 fue la primera elección en donde toda la estructura de los órganos desconcentrados tuvo que realizar recuentos de votos, en más de la mitad de las casillas, esto es el 56.33%.

d. Definir las reglas de los debates de los candidatos a la Presidencia, cuántos habrá, la cobertura y su transmisión, la posibilidad de realizar más de los señalados por la ley y quiénes pueden organizarlos;

e. Definir el periodo conocido como “intercampañas” señalando los actos que pueden realizarse y cuáles no;

f. Ponderar la prohibición o limitación en la participación de los ciudadanos que por edad no pueden ser funcionarios de mesa directiva de casilla, toda vez que en los requisitos se establece el no ser mayor de 70 años o el no haber adquirido la nacionalidad mexicana por naturalización, y

g. Incluir en la ley electoral la figura de Capacitador -Asistente Electoral y Supervisor Electoral-, para establecer sus principales funciones, requisitos y periodo de contratación, sobre todo después de la importante colaboración que desempeñaron en el recuento de votos.

II. Respecto a las nuevas facultades jurisdiccionales del IFE, en cuestiones procedimentales hay temas que deben considerarse como:

a. En el ámbito de competencia de la Comisión de Quejas y Denuncias, respecto de las solicitudes de otorgamiento de medidas cautelares que tiene impacto en alguna legislación electoral local, establecer los plazos para atender las solicitudes, así como distinguir quejas a petición de parte o de manera oficiosa.

b. En cuanto a los Procedimientos Especiales Sancionadores (PES):

• La posibilidad de ordenar la devolución a la Secretaría del Consejo General, para corregir deficiencias procedimentales graves o realizar diligencias de investigación adicionales;

• La necesidad de incluir supuestos de desechamiento;

• La posibilidad de agregar el sobreseimiento en los PES;

• Establecer criterios como el de la caducidad, el de la frivolidad de las quejas y la facultad para que la autoridad pueda tener para sancionar a los quejosos que presenten escritos con esa característica;

• Incluir la definición de calumnia y denigración o de un acto anticipado de precampaña o campaña, entre otros.

III. Vinculado al nuevo modelo de comunicación política y a los tiempos de radio y televisión y todo el andamiaje técnico, operativo y jurisdiccional:

a. Definir cómo cumplir el artículo 60: ¿cómo calificar un promocional cuando estén juntos el candidato al poder ejecutivo y al mismo tiempo un grupo de legisladores?, ¿cómo definir a qué campaña pertenece un mensaje si legisladores de un partido señalan al candidato del ejecutivo?, ¿cómo clasificar un mensaje sobre algún tema de coyuntura sin que se mencionen aspirantes al ejecutivo o al legislativo?

b. Señalar lo relativo a los precandidatos únicos y el acceso a sus prerrogativas de radio y televisión.

Se necesita avanzar al ritmo de los tiempos de la materia electoral, siendo necesaria la intervención del legislador en aquello reservado a su estricta competencia. Está en su cancha el atinado saque para las reglas claras del siguiente proceso electoral federal.

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