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jueves 02 enero 2025

Reivindicación a la transparencia

por etcétera



Por unanimidad, el 24 de septiembre, el pleno de la Suprema Corte invalidó el artículo 33, párrafo primero, de la Constitución de Querétaro, por medio del cual el Congreso local pretendió fusionar la Comisión Estatal de Derechos Humanos y la Comisión Estatal de Acceso a la Información en un solo organismo público autónomo.

La razón: la nueva instancia no cumplía la premisa de que dichos órganos deben ser especializados e imparciales, con autonomía operativa, de gestión y de decisión, como se estipula en la Carta Magna. En su edición 91 (mayo de 2008), etcétera ya había dado cuenta de lo que en ese entonces comenzaba a comentarse como el asalto a la transparencia en Querétaro.

El fallo de la Suprema Corte se registró luego de que se analizara una acción de inconstitucionalidad presentada por la PGR y el Partido del Trabajo.

Los ministros sustentaron su decisión en el hecho de que el primer organismo vigila que no se vulneren las garantías de los particulares, en tanto que el segundo controla el acceso a datos de cualquier dependencia, incluida la propia Comisión Estatal de Derechos Humanos.

Al final, la Corte resolvió formalizar la separación definitiva de ambas comisiones para que cada una sea autónoma y cuente con su propio presupuesto.

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