Por unanimidad, el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Distrito Federal, rechazó el amparo con el que Carmen Aristegui buscaba ser reinstalada en MVS. Los magistrados resolvieron que la empresa de Joaquín Vargas no es una autoridad y, por lo tanto no viola el derecho a la información, como alegaba la periodista.
Cabe recordar que el pasado 9 de abril, la comunicadora presentó un amparo, aceptado por el juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, Fernando Silva García, en el cual alegaba que su despido (15 de marzo) violaba la libertad de expresión al ser MVS un concesionario de un bien público.
Silva García aceptó este posicionamiento y le siguieron decenas de amparos y revisiones de otros magistrados, incluso el caso llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pero tanto la primera como segunda sala desestimaron atraerlo al considerar que no tenían competencia sobre el mismo.
Con este fallo prácticamente Carmen Aristegui pierde toda oportunidad para regresar al aire a través de MVS. Ahora deberá enfrentar la demanda mercantil que la compañía interpuso en su contra por por uso indebido de propiedad intelectual e industrial; derechos de autor, uso de recursos sin autorización y comprometer a la empresa. Ésto último, precisamente, lo que inició el conflicto: haber anunciado al aire la alianza con MéxicoLeaks sin tener facultades ni consentimiento de la empresa.
En el portal informativo Aristegui Noticias fue colocado desde hace un par de horas un comunicado que califica la decisión del Quinto Tribunal como una “negación a la justicia a Carmen Aristegui”. Sin embargo, éste no tiene firma, es decir, no dice si es de sus abogados, de la redacción del portal o de la propia periodista, toda vez que está redactado en tercera persona.
“Ha sorprendido la noticia. Con semejante proceder el Tribunal Colegiado contradice la jurisprudencia definida de la Suprema Corte, que establece que el análisis sobre la naturaleza jurídica de la autoridad responsable debe hacerse, no en el auto admisorio, sino en la sentencia de fondo que resuelva el juicio de amparo”, dice uno de los párrafos del comunicado.
“Se esperaba que en la resolución de este día se actuara a la altura del nuevo paradigma de los derechos humanos y de la necesidad de establecer un status judicial a la defensa de la libertad de expresión”, agrega.
MVS, por su parte, no ha emitido un pronunciamiento público al respecto.
ahea

