El subsecretario de Derechos Humanos en la Secretaría de Gobernación (Segob), Roberto Campa Cifrián, admitió el pasado lunes que la desaparición forzada representa el “reto principal” de México en materia de derechos humanos, por lo que advirtió de la necesidad de expedir una la Ley General para contrarrestar los casos.
Ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Campa, reconoció que el país “tiene un problema relacionado con la desaparición de personas, ya sea cometida por particulares, por autoridades del Estado, o por particulares con la asistencia o aquiescencia de las autoridades”.
Más tarde, el funcionario, en representación del gobierno de Enrique Peña Nieto, reiteró el compromiso de la actual administración para “romper las cadenas de impunidad” y que “las autoridades, en particular las de seguridad, no sean nunca más parte de esta violación a los derechos humanos tan grave como es este delito”.
No obstante, las declaraciones de hoy las precede unas muy polémicas que realizó en octubre de 2015 cuando Campa descalificó el informe preliminar de la CIDH, según el cual la situación de la desaparición forzada en México era alarmante: “no refleja la situación del país (…) la desaparición forzada de los 43 normalistas de Ayotzinapa fue una situación absolutamente extraordinaria”, indicó en una rueda de prensa.
Sobre dicha ley se comprometió ante la CIDH a trabajar para que el Senado de la República, antes de que concluya el periodo ordinario de sesiones, apruebe la iniciativa del proyecto de iniciativa Ley General sobre Personas Desaparecidas y No Localizadas que el 10 de diciembre de 2015 le envió el Ejecutivo. La cual tiene como uno de sus objetivos que las autoridades, en especial las encargadas de la seguridad, no sean nunca más “parte de una violación a los derechos humanos tan grave como es este delito”.
El proyecto prevé la tipificación del delito de Desaparición de Personas de manera expresa para dos supuestos: la desaparición forzada, que aplica para servidores públicos; y la desaparición de personas por parte de particulares. “Ambos tipos penales permanentes e imprescriptibles con una sanción de 50 a 100 años de prisión y de 40 a 90 años de prisión respectivamente, lo cual demuestra el compromiso del Estado para castigar con severidad aquellos delitos que lastiman de esta manera a las familias y el tejido social”, expresó Campa.
(Con información de Proceso y El Financiero)
cdr

