Solo una vez he leído a la señora que me hizo creer que había yo patinado con Prohibido hablar por tv y radio y me orilló a una rectificación innecesaria el martes: Ninguna prohibición en televisión y radio.
Me tragué el engaño de su mañosa argumentación, pero ahora sé, y muy bien, que Jorge Fernández Menéndez, Javier Tejado Dondé y yo acertamos al alertar que la Segunda Sala exhumó graves amenazas contra la libertad de expresión en los medios electrónicos.
Incursiono de nuevo en lo que no es fácil explicar y me remite al sujeto a quien preguntan si es dubitativo y que responde: “Pues sí y no”; al coro del chafirete de Pérez Prado: “Que sí, que no, el macalacachimba”, y a la fe de erratas a la fe de erratas: “Donde dice dice debe decir debe decir, y donde dice debe decir debe decir dice”.
¿Qué prohíbe la sentencia de la Corte?: la autorregulación de radio y tv. Lo que deben hacer los concesionarios es sujetarse a códigos de ética obedientes a los lineamientos y supervisiones del Instituto Federal de Telecomunicaciones; nombrar “libremente” al Defensor de las Audiencias y quedar sujetas a la autorización del IFT.
¿Qué revivió la Corte?: los demenciales lineamientos de 2016 que ya estaban proscritos. La desaseada sentencia del ministro Javier Laynez dice: “En consecuencia, quedarán expeditas las facultades del IFT para decidir si fija una fecha de inicio de vigencia de los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias que expidió mediante acuerdo publicado el veintiuno de diciembre de dos mil dieciséis en el Diario Oficial de la Federación, o bien, si emite nuevos lineamientos…”.
El despropósito traería como consecuencia la obligación de diferenciar (“al aire”) información de opinión, distinguir entre publicidad y contenido programático; garantizar que exista veracidad y oportunidad, y que el IFT revise quejas y sancione a los medios. Lo que no existe en ningún país democrático, pues.
Óscar Mario Beteta (Radio Fórmula) le planteó el viernes 14 al ponente:
-¿Cómo desvincular la opinión de la información, señor ministro? Es algo
muy delicado…
Laynez respondió con la explosiva clave del acuerdo:
–Eso está en la Ley vigente, (¡falso en absoluto!) y eso no lo tocó el amparo ni la tocó el juez ni nosotros. Eso está hoy en la ley (…). Eso no sé, ni lo he visto, eso no fue materia del amparo. Eso lo creó el legislador y eso está vigente con la sentencia del juez o sin la sentencia del juez…
De tal magnitud es el problema que ahora toda la industria nacional de radiodifusión anuncia que recurrirá a las instancias internacionales de derechos humanos y al Consejo de la Judicatura Federal.
¿Sospechosismo?: quienes promovieron este atraco a la libertad son la fantasmal Asociación de Defensoría de las Audiencias y tres “particulares”… funcionarios de la 4T: Gabriel Sosa Plata y Adriana Solórzano, director General y directora de Producción y Planeación de Radio Educación, y Beatriz Solís Leree, defensora de Audiencias del Sistema Público de Radiodifusión.
Gulp.
Ver más en Milenio