Ante el “fracaso” de la Revocación de Mandato, el titular de la Unidad de Inteligencia Financiera de la SHyCP, Pablo Gómez, amenazó a mas de 76 millones de mexicanos que decidieron no participar en la consulta del pasado domingo, al asegurar que el voto era obligatorio y el hecho de no hacerlo “puede ser motivo de sanción”.
Frente a la escasa participación del ejercicio concebido y legalizado por el presidente López Obrador y sus huestes que pretendían hacer de la revocación una jornada de autoelogio, quien fuera un ícono del movimiento estudiantil de 1968 quien en aquella época fue perseguido y encarcelado por su activismo, hoy pretende asumirse como un “inquisidor” contra quienes eligieron ejercer su derecho de no participar en el proceso.
A través de su cuenta de Twitter el titular de la UIF realizó una interpretación del artículo 36, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos e indicó que establece la obligatoriedad de ir a votar. “Gómez afirmó que el voto en la revocación de mandato era obligatorio y que, según la Constitución, no hacerlo puede ser motivo de sanción”.
La Constitución (35.I) señala obligatorio el voto en la revocación de mandato. La "autoridad electoral" nunca lo dio a conocer a la ciudadanía porque estaba en contra del procedimiento. No hubo todas las casillas porque el INE retuvo 1,360 millones en sus ilegales fideicomisos.
— Pablo Gómez (@PabloGomez1968) April 12, 2022
Según el funcionario, quien tiene bajo su responsabilidad establecer políticas y procedimientos para prevenir e identificar conductas que actualicen los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, terrorismo, así como su financiamiento, exclusivamente, consideró que “la Constitución señala obligatorio el voto en la revocación de mandato. La “autoridad electoral” nunca lo dio a conocer a la ciudadanía porque estaba en contra del procedimiento. No hubo todas las casillas porque el INE retuvo 1,360 millones en sus ilegales fideicomisos”, señaló.
De acuerdo con la disquisición de Gómez Álvarez, la Carta Magna establece que la votación en comicios, consultas populares y procesos de revocación es uno de los derechos del ciudadano (artículo 35, fracción I), quien al ejercerlo tiene la obligación de hacerlo conforme a las reglas establecidas previamente en las leyes de la materia (artículo 36, fracción III).
Así, según el criterio de quien se ha autoeregido como “el gran inquisidor” desde que fue presidente de la Comisión Instructora de la Cámara de Diputados y quien decidía juicios políticos y desafueros, afirmó que la sanción por no cumplir con esta última obligación puede provocar la suspensión durante un año de los derechos ciudadanos reconocidos en la Constitución (votar, ser votado, libertad de asociación, defender al país, de petición, ser servidor público, presentar iniciativas de ley, entre otros).
De esta manera, se abre un capítulo más en esta historia en la que durante más de 3 años y medio, el Estado pretende utilizar a las instituciones del Estado como herramientas de persecución, coacción y amenazas.
No olvidemos que el derecho al voto universal, libre y secreto es una garantía fundamental para cada mexicano, y aunque el texto constitucional indica que para el ciudadano de la República el voto también es una obligación que, por cierto, no está regulada por la ley la obligatoriedad del sufragio y se entiende como una “obligación cívica”.
De esta manera y contrario a lo que afirma Pablo Gómez , la legislación establece en su artículo 7 que votar en las elecciones constituye un derecho y una obligación que se ejerce para integrar órganos del Estado de elección popular. Pero en el artículo 447, sobre las infracciones de los ciudadanos, no se incluye la omisión del voto como una falta o delito que merezca alguna sanción.
Para la revocación de mandato, el padrón electoral estaba compuesto por 92 millones 823 mil 216 ciudadanos, de los cuales solo 16 millones 502 mil 636 personas, un 17.7%, ejercieron su derecho a votar en este ejercicio. De este modo, alrededor del 82% decidió no acudir a las mesas de votación, es decir, 73.3 millones de personas.
Para la ley, sólo constituyen infracciones de los ciudadanos proporcionar documentación o información falsa al Registro Federal de Electores o la promoción de denuncias frívolas, es decir aquélla que se promueva respecto a hechos que no se encuentren soportados en ningún medio de prueba o que no puedan actualizar el supuesto jurídico específico en que se sustente la queja o denuncia. Es decir, la interpretación del titular de la UIF es errónea, pero eso no significa que no intenten emprender acciones contra quienes decidieron abstenerse de votar.
El artículo 38 de la Constitución general que mencionó Pablo Gómez establece que los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden por el incumplimiento de sus obligaciones, pero estas tendrían que ser determinadas por un juez y en todo caso se debe establecer la manera para la rehabilitación de esos derechos, por lo que, para poder iniciar acciones sancionatorias, sería estrictamente necesario iniciar 73.3 millones de procesos judiciales, uno para cada uno de los ciudadanos que no votaron.
También se lanza contra al INE
Por otra parte, el titular de la Unidad de Inteligencia Financiera cuestionó la escasa instalación de casillas que desplegó el Instituto Nacional Electoral el domingo pasado durante la consulta de revocación de mandato. En su crítica, deploró que la razón haya sido de orden financiero, cuando el instituto “retuvo mil 360 millones de pesos en sus ilegales fideicomisos”.
También a través de sus redes sociales, quien ha sido representante ante ese organismo, deploró la poca disponibilidad del INE en la organización: “La ‘autoridad electoral’ nunca dio a conocer a la ciudadanía –“porque estaba en contra del procedimiento”- que la Constitución “señala la obligación de votar”.
A lo largo del proceso de organización, el tema presupuestal fue una constante causa de confrontación entre Morena y el instituto, a partir de los sucesivos intentos que hizo el partido para que el organismo electoral desapareciera los fideicomisos de infraestructura inmobiliaria y de pasivo laboral a efecto de canalizar estos mil 360 millones de pesos al financiamiento de la instalación de casillas.
Desde que el INE formalizó que sólo instalaría 57 mil 517 casillas ante la insuficiencia presupuestal derivada del recorte de recursos, decidido por Morena y sus aliados en la Cámara de Diputados, el partido oficialista cuestionó la falta de disposición de la autoridad electoral para hacer cumplir los preceptos de la Ley General de Revocación de Mandato que le obligaba a instalar 161 mil casillas. Nunca se aceptó la petición.
Cabe mencionar que pese a los ataques de que fue el objeto de Instituto Nacional Electoral y a algunos de sus consejeros -quienes fueron denunciados penalmente por Morena- la Organización de Estados Americanos felicitó al organismo electoral por la organización del ejercicio de Revocación de Mandato.

