Por mayoría de votos, el Senado de la República determinó que la presidenta Claudia Sheinbaum no puede retirar del Diario Oficial de la Federación el decreto de la reforma judicial publicado el 15 de septiembre, con lo que avala el desacato a la resolución de una jueza federal.
En su sesión de este jueves, en una decisión inaudita, la cámara alta resolvió, con 81 votos a favor y 36 en contra, que la presidenta de la República no tiene atribuciones para eliminar del Diario Oficial de la Federación el decreto de la reforma judicial, como lo ordenó Nancy Juárez Salas, titular del Juzgado Decimonoveno de Distrito en el estado de Veracruz.
La consulta sobre el tema, que es un virtual desacato, fue solicitada por la titular del Consejo Jurídico del Ejecutivo Federal, Ernestina Godoy, y se arguyó la integridad e inalterabilidad del Diario Oficial de la Federación después de que, en cumplimiento del artículo 89 constitucional, el presidente Andrés Manuel López Obrador ordenó la publicación del decreto.
En el debate al respecto, el morenista Félix Salgado Macedonio dijo que la determinación de la jueza es “absurda” y de “torpeza jurídica” que busca “violentar” la reforma judicial, mientras que Mrko Cortés, dirigente nacional del PAN, convocó a los legisladores a no prestarse al desacato y dijo que a la presidenta le corresponde a la presidenta.
A su vez, Carolina Viggiano, secretaria general del PRI, afirmó que la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal no cuenta con las facultades para consultar al Senado porque se hace para no cumplir con la resolución de una jueza en uso de sus facultades legales. Por su parte, el coordinador del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano, Clemente Castañeda, dijo que si la Presidencia de la República no está conforme con la resolución de Juárez Salas, debe combatirla por las vías legales, y comentó que la consulta era para hacer corresponsable al Congreso del desacato.
Francisco Burgoa, profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM, comentó al respecto que ningún artículo constitucional da facultades a los poderes Ejecutivo y Legislativo para decidir sobre el cumplimiento de resoluciones judiciales. Agregó: “Es peligroso para nuestra democracia constitucional que el Ejecutivo, al desacatar una suspensión judicial, no solo cometa el delito de desacato, sino que busque una justificación espuria al solicitar la validación del Legislativo, el cual, sin facultades constitucionales, se la otorga. Esto es un acto grave y sin precedentes en la historia constitucional de México, donde ambos poderes exceden sus competencias, ignorando el principio de división de poderes y el Estado Constitucional y Democrático de Derecho”.
De esa forma, añadió, “estamos presenciando un acto sin precedentes que busca la fusión material del Ejecutivo y el Legislativo en un bloque monolítico contra el Poder Judicial”.
A su vez, Javier Martín Reyes, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, anotó al respecto: “El #Senado no tiene ninguna facultad para decidir sobre suspensiones. Las resoluciones judiciales se cumplen; si no gustan, se impugnan. Solo los gobiernos autoritarios desafían así al Poder Judicial”.

