Disiento de la decisión del juez que, en primera instancia, casi al finalizar octubre pasado, condenó a Carmen Aristegui, entre otras razones, porque, según él, la periodista excedió su libertad de expresión. Disiento, reitero, aunque la deshonestidad intelectual de muchos seguidores suyos (de Aristegui, se entiende), incluídos abogados y expertos en estos temas, se hubiera expresado en su silencio frente a la reciente resolución de la Corte, ustedes lo recuerdan, que desechó por fortuna la idea de que el derecho de réplica se ejerciera con el sólo hecho de que el quejoso se sintiera ofendido. Incluso varios de sus seguidores defendieron esa iniciativa tan cuestionable, promovida por Morena y el PRD. En contraste, varios medios, organismos no gubernamentales y especialistas dijimos que eso iba contra la libertad de opinar y así lo consideró la mayoría de los ministros, por fortuna. En ese entonces, la señora Carmen Aristegui nada dijo sobre el tema. Calló. Claro, porque en tribunales estaba una de las querellas que se resolvería en su contra, precisamente porque ella, según el juez, no informó sino que calumnió al demandante Joaquín Vargas Guajardo. La paradoja me fascina.
Es curioso, muchos de quienes apoyan a la señora Aristegui estuvieron en favor del proyecto de sentencia en la Corte y ahora sus palabras les caen como un escupitajo en el rostro. Critican la decisión del juez de la Ciudad de México contra la periodista cuando ellos estuvieron de acuerdo con la existencia de un inconforme que se diga agraviado para emprender acciones legales. Bueno pues, el señor Vargas se sintió agraviado y claro que está en su derecho de acudir a las instancias que considere conveniente.
Otro tema, desde luego, se encuentra en la estructura normativa que garantizan los derechos al honor y la vida privada, por ejemplo, a los que cualquiera puede recurrir frente a contenidos difamatorios en los medios. Eso es lo que hizo el empresario de MVS (en su momento, aquí, también expresé mi desacuerdo con él) pero la decisión del juez, en mi opinión, confunde dos aspectos clave. El primero: un prólogo es la presentación o el comentario sobre una obra, no es una pieza informativa, el juez ni nadie podemos esperar de ahí, noticias; el periodismo tiene géneros y el de opinión es uno de ellos. En el prólogo se expresan opiniones, el juez no puede esperar peras del olmo. El otro aspecto, por muchas diferencias que tengamos con la forma y el fondo de lo que dice Aristegui en ese prólogo –ustedes saben que yo disiento profundamente de su forma de entender el periodismo y de ejercerlo– no hay en sus dichos, los de Aristegui, ninguna violación a la vida privada o íntima del señor Vargas, como el juez presumió. Estoy convencido que todo eso se puede revalorar en una segunda sentencia y que la periodista tiene muchas posibilidades de revertirla sino es que recurre al amparo ante la Corte.
Como sea, estoy seguro de que un imperativo ético implica expresar las convicciones sin cálculos pragmáticos o grillas palaciegas, aunque el espectáculo de los seguidores de la periodista sea tan grotesco y viscoso en sus palabras. La libertad de expresión está mucho más allá de esas expresiones tan pequeñas. No digo, desde luego, que está no deba tener límites, al contrario, uno de los pilares de mi carrera ha estado en la base de que los medios ni los periodistas debemos ser impunes y mucho del periodismo militante y oficialista ha quedado impune. Sólo digo que en su sentencia contra Carmen Aristegui, en este caso, el juez se equivocó.