INE dicta lineamientos para las pre-pre-campañas: fija tope de gastos y prohíbe que AMLO meta las manos 

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En acatamiento a la instrucción del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, el INE elaboró y aprobó los lineamientos para conducir los procesos internos de Morena y del Frente Amplio por México, con la finalidad de regular ingresos, gastos, encuestas, propaganda y la actuación de servidores públicos. 

El documento aprobado evitar aludir al hecho de que se trata de precampañas adelantadas, pues eso es contra la legislación. Acogiéndose a la aprobación del TEPJF, los llama simplemente “procesos para definir liderazgos políticos” y pone un conjunto de reglas creadas exprofeso para evitar abusos y transparentar la actuación de los aspirantes, a quienes se les cobijó bajo la figura de “Personas Inscritas en algún Proceso Político”.  

Los lineamientos, según ordenó el TEPJF, deberán “salvaguardar los principios de equidad, imparcialidad, neutralidad y legalidad” rumbo al proceso electoral de 2024. 

Se permite a los aspirantes que son servidores públicos continuar en sus cargos. Esto solo aplica a los opositores, ya que como se recordará, en Morena se exigió a todos los aspirantes a renunciar a sus respectivos cargos y así lo hicieron todos. 

Pero como se trató de un acuerdo interno del partido guinda y no una exigencia de la autoridad electoral, en el FAM no se verán obligados a hacerlo, por lo que Xóchitl Gálvez, Santiago Creel y Beatriz Paredes podrán seguir en sus curules, lo que motivó la enorme molestia de los representantes de Morena ante el INE. 

Asimismo, se reitera la prohibición de que otros servidores públicos incidan en el proceso con comentarios a favor o en contra de alguno de los aspirantes. Ello también provocó el enojo morenista. 

Los servidores públicos “no podrán realizar, por ningún medio, manifestaciones a favor o en contra de Personas Inscritas en algún Proceso Político, o de alguno de los partidos que intervengan en dichos procesos”, dice el acuerdo aprobado. 

Sin embargo, sí permite a los servidores públicos acudir a los eventos de los aspirantes, siempre y cuando sea en días no laborales y sin ser protagonistas. En el caso de los legisladores (actualmente en receso) se les autoriza a participar en cualquier momento, sin desatender sus deberes. 

En materia de gastos, se fijó un tope de 34.3 millones de pesos por aspirante, tanto de Morena como del FAM. Pero se aclara que los partidos podrán poner su propia cifra, siempre que no supere dicha cantidad. La fiscalización quedará a cargo de la Comisión de Fiscalización y de la Unidad Técnica de Fiscalización del INE. 

En los gastos se contabilizará todo. Desde la propaganda utilitaria, sueldos, rentas, hoteles, pasajes, propaganda en vía pública, redes sociales y mucho más.   

El INE se reserva la facultad de ordenar el retiro de propaganda, lo cual ocurriría si se contraviene la norma de no hacer propaganda de corte electoral. 

“Respecto de las prerrogativas de acceso a radio y televisión, los Lineamientos establecen que queda estrictamente prohibido el uso de las prerrogativas de acceso a tiempos oficiales de radio y televisión para la difusión de los Procesos Políticos”, dijo el INE. 

El INE definió los procesos en marcha como el “conjunto de actos, actividades y propaganda que realizan los partidos políticos y cualquier persona cuya naturaleza y finalidad sea establecer una estrategia encaminada a posicionar y/o definir liderazgos políticos, que podrían ostentar una precandidatura o candidatura en el proceso electoral, así como aquellos otros procesos que sean similares”. 

La Consejera Claudia Zavala explicó que “ni la Constitución, ni las leyes electorales prevén un periodo de algo así como de pre-precampañas. Lo que el Tribunal Electoral nos ha ordenado en su reciente sentencia es, cito: emitir lineamientos que eviten que los actos que se realicen como parte del proceso político para definir a quienes podrían ostentar una precandidatura o candidatura, vulneren la equidad de la contienda, así como que garanticen la debida fiscalización de los recursos destinados para tal efecto”. 

Por su parte, el Consejero Arturo Castillo enfatizó que, “los actos anticipados de precampaña y campaña siguen estando prohibidos, (el TEPJF) solamente reconoció que se trata de procesos propios de la autoorganización de los partidos políticos, que siguen sujetos a esta prohibición, así como otras conductas ilícitas que podrían afectar la equidad en la contienda”.   

*ofv

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