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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela publicó este martes las aclaratorias a las sentencias de la semana pasada contra la Asamblea Nacional y precisó que ha revocado las medidas con las que asumía todas las facultades legislativas y delimitaba el alcance de la inmunidad parlamentaria.


La Sala aclaró que anuló el fallo que confería al presidente Nicolás Maduro la facultad de reformar la Ley de Hidrocarburos ante el desacato de la Asamblea Nacional, y también la referente a que el máximo tribunal “ejercerá” todas las competencias del Legislativo, mientras el Parlamento persista en “desacato”.


Asimismo, precisó que esa decisión tenía una “naturaleza cautelar” y respondía al objetivo de corregir la omisión legislativa en la que incurre el Parlamento mientras persiste en el desacato y añadió que no se trataba de un dictamen de fondo que resolviera la situación.


Suprime también la medida que dictaminaba que el privilegio de la inmunidad parlamentaria, que reconoce como una garantía del ejercicio parlamentario, era “incompatible” mientras la Asamblea Nacional persistiera en “desacato” y sin ejercer su función legisladora.


Asimismo, el auto revoca la orden al jefe de Estado para que ejerciera medidas internacionales para salvaguardar el orden constitucional, y a que tomara medidas civiles, económicas, militares, penales, administrativas, políticas, jurídicas y sociales para evitar un estado de conmoción.


Estas dos decisiones, aclara el Tribunal eran al igual que en el caso anterior, medidas cautelares, tomadas con base en “la amplia potestad que es propia de su competencia”, aunque indica que “se revocan en este caso” tales decisiones.


En el auto, el máximo tribunal revoca las controvertidas medidas contra el Poder Legislativo, controlado por la oposición, que habían sido sometidas a una revisión de los magistrados de la Sala Constitucional luego de un exhorto de los poderes públicos.


El Parlamento venezolano ha estado en desacato casi todo el último año por desobedecer una sentencia del Tribunal Supremo en la que ordenaba la suspensión de tres parlamentarios opositores, recién electos, por supuesto fraude en el proceso electoral.


Desde que la directiva de la Cámara decidió desobedecer la decisión del Supremo, todas sus decisiones y leyes han sido declaradas nulas por haber sido aprobadas dentro del desacato, y el propio tribunal ha corregido la “omisión legislativa”.


cdr

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