William Peña / 14 ene 2019.- La oposición que hace vida en el entorno digital en Venezuela parece tener los días contados, así como también la privacidad de las compañías y de particulares al usar las redes de interconexión de las empresas que operan en el país.
Un anteproyecto denominado “Ley Constitucional del Ciberespacio de la República Bolivariana de Venezuela”, o Ley del Ciberespacio, como es conocida, que se estima será presentado próximamente en la írrita ANC, plantea, en sus más de 47 artículos, la aniquilación de la privacidad digital en el país, tanto la personal como la empresarial.
El proyecto, al que tuvo acceso Noticiero Digital, en su artículo 5 convierte el uso del ciberespacio en “una actividad de interés público y estratégico para la defensa integral de la nación”, sometiendo la actividad, así como pasó con la Ley Orgánica de Telecomunicaciones cuando su actividad fue cambiada de interés general a público, a las políticas que el Estado emane en su beneficio (el sector telecom conoce de ello) y, además, le crea una serie de límites, controles, regulaciones, entre otros, que impedirán a las empresas la independencia en sus redes, así como también limitará proyectos que mejoren las conexiones o sus usos en el país.
Es decir que la información que viaja por las redes, así como la expansión, uso, hoy día no reguladas, quedarán a potestad de regulación y control del Gobierno, no sólo la infraestructura, sino también el contenido que por allí circula.
Y es que bajo la óptica de la Ley del Ciberespacio, este quedará limitado al “entorno de interacción digital conformado por elementos tangibles e intangibles que se generan durante el tiempo de interconexión e interoperabilidad de redes, sistemas, equipos y personal relacionados con los sistemas informáticos cualesquiera que sean estos y las telecomunicaciones que los vinculan”, y los contenidos y redes estarán sometido a vigilancia, son los canales de acceso, producción, transmisión y almacenaje de datos e información, así como también estará bajo esta norma la interacción a través de una red de comunicaciones por cualquier medio.
Todo ello, así como cualquier otra actividad que se realice o tenga efectos en el país estará bajo vigilancia y, por ende, bajo control del Gobierno.
El artículo 8 destaca que serán las infraestructuras tecnológicas, así como de servicios, los usuarios y los datos, además de toda la información que pase por las redes y que estén o no en el país, las que estarán sometidas a la regulación.
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