El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) modificó los Lineamientos de Colaboración en Materia de Seguridad y Justicia, al eliminar normas sobre manejo de datos e información personal, toda vez que dichas obligaciones e implementaciones no forman parte de sus atribuciones.
Se trata, básicamente, de “armonizar los Lineamientos de Colaboración en Materia de Seguridad y Justicia con el marco jurídico vigente en materia de transparencia y protección de datos personales”, toda vez que las atribuciones del IFT y de los sujetos obligados se regulan conforme a las leyes generales vigentes en estas materias.
Entre las obligaciones que el IFT derogó de dichos lineamientos, destaca la de que los concesionarios y autorizados deben entregar informes semestrales al regulador sobre el número de requerimientos de información de localización geográfica en tiempo real y de registro de datos de comunicaciones.
También derogó la implementación por parte de concesionarios y autorizados de ciertos protocolos y estándares para garantizar la integridad y seguridad de la información transmitida, manejada y resguardada, así como la exigencia de elaborar informes al respecto.
Igualmente, el IFT eliminó de los Lineamientos la obligación de solicitar información por parte del Instituto a las autoridades facultadas sobre medidas de seguridad para el resguardo y manejo de información, así como la exigencia de la cancelación y supresión de manera segura de información y datos por parte de varias autoridades, e inclusive las solicitudes de información al respecto por parte del propio Instituto.
“Según la propia Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, corresponde al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) garantizar el ejercicio del derecho a la protección de datos personales en posesión de las instancias de seguridad, procuración y administración de justicia como sujetos obligados, así como vigilar y verificar el cumplimiento de la ley”, explicó el IFT en un Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación.
También detalló que la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública prevén la protección necesaria, la cual además supera jurídicamente la capacidad de los Lineamientos que emitió el IFT al respecto.
“Los sujetos obligados en materia de seguridad pública y procuración de justicia deberán poner a disposición del público, y mantener actualizada, en los respectivos medios electrónicos, para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de internet para la intervención de comunicaciones privadas”, añadió.
Asimismo, “el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente”, indicó
“El presente Acuerdo fue aprobado por el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones en su IX Sesión Ordinaria celebrada el 7 de marzo de 2018, por unanimidad de votos”, concluyó el organismo.
aml