El Primer Tribunal Colegiado Especializado en Telecomunicaciones confirmó este jueves que América Móvil es un agente preponderante en el sector de telecomunicaciones.
Dicha resolución se da luego de que en 2014, tras ser declarado preponderante, la empresa de Carlos Slim apeló la decisión del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) ante una jueza de Distrito, quien en mayo de 2015 rechazó la impugnación de la firma.
De acuerdo con la sentencia del magistrado Jean Claude Tron Petit, aprobada por sus colegas Germán Candejas y Patricio González, el IFT no necesitaba un procedimiento previo de investigación (como argumentaba América Móvil) antes de hacer la declaración, ya que la Constitución le da facultades al Instituto para realizar esta función.
Asimismo, rechazaron que el órgano regulador haya violado el derecho a la presunción de inocencia del operador móvil, toda vez que “las medidas asimétricas no son sanciones, son facultades de carácter regulatorio que el Estado mexicano tiene previstas por disposición constitucional”.
Por otra parte, América Móvil también argumentó que no podía ser declarado preponderante toda vez que las concesiones son de sus filiales, a lo que el tribunal respondió que “es innegable que ejerce influencia y puede influir en la toma de decisiones de los que efectivamente tienen las concesiones”.
Finalmente, de acuerdo con el reporte de Reforma, el tribunal también rechazó que el IFT no haya tomado en cuenta las pruebas que aportó la firma y que el tiempo que tuvo la dependencia para hacer el estudio de preponderancia fue insuficiente, ya que la Constitución establece un margen de discrecionalidad para que pudiera medir el tráfico, la audiencia, los suscriptores y otros elementos para tomar su decisión.
A finales de febrero de este año, el IFT dio a conocer que mantendría la preponderancia de América Móvil, por lo que fijó nuevas medidas asimétricas, entre las que destaca la obligación de la empresa de escindirse.
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