La Corte avala al INAI en información sobre vacunas antiCovid-19; revés para Consejería Jurídica de Presidencia

Cuartoscuro

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El gobierno federal deberá ofrecer versiones públicas de la información referente a la vacunación contra la Covid-19 entre 2020 y 2022 ya que con ello no se causa una afectación a la seguridad nacional, resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en respuesta a recursos presentados por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.

Este martes, el Pleno de la SCJN consideró parcialmente fundado el recurso promovido por la CJEF contra la resolución del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) sobre las autorizaciones de las vacunas.

La resolución del INAI indicaba que se debía entregar la información de las solicitudes y las autorizaciones del uso de emergencia de las vacunas contra la Covid-19 en el periodo desde octubre de 2020 hasta el 25 de febrero de 2021.

Sobre el cuestionamiento que hizo de ella la CJEF, la SCJN consideró que la difusión de la información respectiva no sólo no causa una afectación a la seguridad nacional, sino que, por el contrario, contribuye a consolidar ejercicios democráticos, genera confianza en la población que será inoculada y también permite conocer la eficacia de los procesos de autorización para las vacunas.

Sin embargo, la SCJN estableció ciertos elementos de la información que deben reservarse las condiciones esenciales de contratación como precios, costos, calidad del producto, garantías, pedidos, facturación, propiedad intelectual, datos personales y aspectos relacionados con el secreto comercial de los laboratorios.

El Pleno de la SCJN también determinó que son infundados otros dos recursos de la CJEF contra sendas resoluciones del INAI, agosto de 2021 y julio de 2022, en las que ordenaba a la Secretaría de Salud entregar datos de los frascos que contenían las vacunas contra el coronavirus SAR-CoV-2 y sobre las condiciones de la red de frío para su traslado y los equipos utilizados al respecto.

Lo anterior fue porque la SCJN consideró que no se demostró que la divulgación de esos datos pudiera comprometer la seguridad nacional y que obstaculizara el combate a la Covid-19 ni tampoco que permitiera la generación de documentos falsificados, además de que ya constituyen información pública.

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