Carmen Aristegui excedió el ejercicio de su libertad de expresión y difamó al dueño de MVS Comunicaciones, Joaquín Vargas, con los señalamientos que escribió en el prólogo del libro “La Casa Blanca de Peña Nieto”.
Esta fue la resolución a la que llegó el Quincuagésimo Séptimo Juzgado de lo Civil, el pasado 4 de noviembre, respecto a la demanda por daño moral que entabló el empresario contra la comunicadora en julio de este año.
De acuerdo con la sentencia del expediente 455/2016, el juez consideró que al ser Joaquín Vargas una figura pública los señalamientos que hizo Aristegui Flores en su contra lo desprestigiaron ante la sociedad, pues lo calificó como una persona deshonrosa y cobarde sin aportar pruebas para sustentar los dichos, lo que viola el artículo 1830 del Código Civil.
En el prólogo de “La Casa Blanca de EPN”, la articulista de Reforma dice que al empresario “le indujeron a hacer cosas tan indecentes y deplorables”, por lo que lamentó su “derrumbe moral” que lo hizo sucumbir ante “presiones de un poder al que ya antes se habían enfrentado con dignidad y valentía”.
Estas líneas (resaltadas en la demanda) demuestran la “malicia efectiva” de la autora, un concepto que utiliza el Poder Judicial para determinar si alguien difamó a una persona, so pretexto del ejercicio de la libertad de expresión.
Por su parte, Aristegui Flores “se abstuvo de aportar elemento probatorio idóneo que desvirtuara lo anterior, por tanto, las objeciones realizadas resultan insuficientes para restarles alcance y valor probatorio”.
De este modo, el juez determinó que “al ejercer su derecho a informar, se excedió en el contexto de las mismas", ya que al utilizar términos relativos a que Vargas fue “el papel de instrumento para asestar una puñalada con cobardía” o que “sucumbió a presiones del poder” la comunicadora “denostó en su contra al atribuirle una conducta indebida”.
“María del Carmen Aristgui Flores, en las declaraciones contenidas en el prólogo del libro 'La Casa Blanca de Peña Nieto', para referirse al hoy actor, tienen el propósito de no informar sino de denostarlo y desprestigiarlo, produciendo con ello un agravio a su honor, al atribuirle conductas que no fueron acreditadas por la autora de dicho prólogo”, se lee en la sentencia.
“Cabe hacer hincapié, por lo que hace a María del Carmen Aristegui Flores, ésta se abstuvo de ofrecer pruebas idóneas de su parte encaminadas a desvirtuar los hechos contenidos en el escrito de demanda o en su defecto, acreditar que las manifestaciones plasmadas en el prólogo materia de la presente contienda, fueron emitidas con plena certeza”.
El juzgador resalta que ni la sentencia ni la demanda de Vargas “en manera alguna tiene referencia con el contenido del libro o de la investigación periodística contenida en éste”, sino únicamente con el prefacio de la obra que tiene como objetivo “exhibir o dirimir conflictos personales entre la periodista” y el empresario.
A diferencia de otras versiones difundidas en varios medios de comunicación, la sentencia no señala que Carmen Aristegui deberá ofrecer una disculpa pública sino únicamente “consistirá en la publicación y divulgación de un extracto del fallo que refleje adecuadamente la naturaleza y alcance del mismo, en el medio y formato donde fueron difundidas las opiniones de dicha demandada. Es decir todas las ediciones y publicaciones subsecuentes del libro 'La Casa Blanca de Peña Nieto'”.
El juez precisa que de ningún modo se debe suprimir el prólogo del libro toda vez que que sería incurrir en un acto de censura, de acuerdo con la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, aprobada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Sobre la editorial Random House, encargada de la publicación, la juzgadora la eximió ya que la empresa demostró que no fue responsable de las ideas expresadas por los autores sino únicamente se encargó del trabajo de edición y difusión del libro.
Con relación a los involucrados en el litigio, Vargas publicó una inserción en los diarios El Universal y Reforma, este lunes 7 de noviembre. Por su parte, Carmen Aristegui no ha hecho pronunciamiento al respecto.
Cabe señalar que la comunicadora aún puede acudir a otras instancias judiciales para apelar la decisión del juez.
mahy