Al alegar improcedencia de la controversia constitucional, la ministra Loretta Ortiz, afín al gobierno de la 4T, propuso rechazar el recurso solicitado por el INAI para obligar al Senado a nombrar comisionados para su Pleno.
En un proyecto de resolución elaborado por Ortiz, que habrá de ser discutido y votado en la Corte, propone desechar la demanda del INAI, que no puede operar debidamente ya que carece del quórum legal en el Pleno.
Ortiz Ahlf considera que la demanda del INAI está solamente “parcialmente fundada” pero considera que no es dable exigir al Senado un nombramiento, ya que “no ha incurrido en una inactividad total”. Es decir, la omisión que el INAI alega, según la ministra es “inexistente”.
“Con base en los antecedentes citados, es dable concluir que el Senado ha realizado las actuaciones conducentes con la finalidad de realizar los nombramientos respectivos, por lo que se considera que no ha incurrido en una inactividad total dentro del procedimiento”.
#ÚltimaHora el sentido del proyecto de la Ministra Loretta Ortiz sobre la controversia por la falta de designación de Comisionados @INAImexico
"Son infundados los conceptos de invalidez planteados por el Instituto"
Veremos la discusión en la @SCJN y apostaremos por la defensa… pic.twitter.com/hAZI9hDSef
— Julieta Del Río Venegas (@JulietDelrio) July 6, 2023
Con ello se refirió a algunas negociaciones realizadas en el Senado, que propusieron un par de candidatos hace unas semanas y que fueron boicoteadas por la mayoría morenista. También, a algunos llamados a realizar un periodo extraordinario de sesiones para los mencionados nombramientos, también boicoteados por Morena.
Ortiz aseguró que la Corte no le puede exigir al Senado porque no tiene un plazo específico para los nombramientos.
Además, según ella la controversia se refiere a una vacante desocupada el 31 de marzo, siendo que la controversia se presentó el 27 de marzo.
Lo que no mencionó es que un veto de dos nombramientos realizado por AMLO el 15 de marzo, hacía prever que, al irse otro comisionado el día 31, el INAI se quedara sin quórum. Por ello, para evitar caer en la inoperancia, el INAI interpuso la controversia.
Ahora, de acuerdo con la ministra, la petición no es válida porque el 27 de marzo aún no se había desintegrado el quórum.
“Por lo anterior, este Tribunal Pleno concluye que no se actualiza la omisión reclamada, sobre la designación de las dos personas comisionadas del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, a que este estudio de fondo se refiere”.
*ofv