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sábado 21 septiembre 2024

Morena: AMLO sí violó neutralidad constitucional, pero poquito

por etcétera
Cuartoscuro

Aunque Morena reconoce que el presidente Andrés Manuel López Obrador violó los principios constitucionales de neutralidad, imparcialidad y equidad en la contienda electoral federal y en varias locales anteriores, arguye que no se puede determinar la influencia de ello sobre los votantes, por lo que no se puede anular la elección presidencial, dio a conocer Milenio.

Tras las impugnaciones a la elección presidencial presentadas por el PAN, el PRI y el PRD, partidos integrantes de la coalición Fuerza y Corazón por México, así como su candidata presidencial, Xóchitl Gálvez, Morena presentó sus alegatos como tercero interesado en el asunto, en donde reconoció las violaciones del tabasqueño a los principios constitucionales pero minimizó su influencia (lo hace justamente el partido que no se ha cansado de presumir la gran popularidad del mandatario).

En el corazón de los alegatos del partido oficial se encuentra lo siguiente del documento al que tuvo acceso Milenio: “Si bien es cierto que en algunos casos ya se concluyó que el Presidente de la República violó los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad por las manifestaciones expuestas en diversas conferencias mañaneras, lo cierto es que no se advierte que la Sala Superior hubiese vinculado tales conductas con la elección presidencial, de modo que no existe un nexo causal entre las violaciones y la elección presidencial”.

Las argucias de Morena indican que aunque se acreditaron violaciones del macuspano a los principios referidos, no indica que ello haya tenido “una repercusión determinante para el resultado de la elección”, por lo que no es suficiente para determinar su anulación.

Pero, por ejemplo, apenas el pasado 5 de julio la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que López Obrador violó los principios constitucionales mencionados e incurrió en uso indebido de recursos públicos en 32 de sus conferencias de prensa entre mayo y octubre de 2023. También estableció que Morena y Claudia Sheinbaum, su candidata presidencial, “recibieron un beneficio indebido por el apoyo que les demostró el Presidente, de ahí que se propone sancionarles con una multa y la inclusión en el Catálogo de Sujetos y Personas Sancionadas”. Y les fueron impuestas multas ínfimas por 20 mil y 10 mil pesos.

Para ver el nivel que el tabasqueño dio a su delfín basta recordar las expresiones que tuvo para ella un día después de que se declarara la victoria de Sheinbaum en las “encuestas” de Morena el 6 de septiembre de 2023: “Conozco a Claudia muy bien y estoy muy tranquilo porque sé que va a haber continuidad con cambio, es una garantía para que se le dé continuidad a la transformación. Además, es una mujer honesta, con principios, con ideales, muy preparada, mucho muy preparada, y con experiencia porque ha ocupado cargos importantes y fue jefa de Gobierno en la Ciudad de México, pero sobre todo es una mujer con convicciones, con principios, honesta. Entonces, puedo estar tranquilo”.

O estas otras en abril de 2024: “La conozco bastante bien y sé que es… Ya saben lo que pienso. No soy objetivo en este caso porque la considero muy inteligente; además, una mujer con carácter, con aplomo.

“Afortunadamente, repito, Claudia, es una mujer con principios, con ideales, honesta y con carácter. Tiene las tres ‘C’ que se necesitan para estos menesteres: cabeza, corazón y carácter”.

Además, Morena añade que en el caso de la impugnación de Gálvez ella presentó un juicio para la protección de derechos ciudadanos, cuando para el caso de la elección presidencial sólo procede por un juicio de inconformidad, como establece la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Sobre el caso de Xóchitl Gálvez, también se debe mencionar que el 13 de junio la Sala Especializada del TEPJF determinó que López Obrador cometió violencia política de género contra ella por su carácter de mujer e indígena. Y de ninguna manera se pueden separar las expresiones presidenciales contra la hidalguense de los negativos que pesaron sobre ella en la mayoría de la encuestas.

Contra las impugnaciones de los partidos de Fuerza y Corazón por México, Morena considera que deben ser declaradas improcedentes debido a que se basan en la intervención presidencial. Además, señala que las sentencias del TEPJF han sido sobre el proceso electoral federal y no específicamente contra la elección presidencial.

Con cinismo, Morena acepta que en varias elecciones estatales López Obrador también fue sentenciado por generar inequidad, pero toma esas experiencias para argüir que “incluso reconociendo un impacto en los procesos electorales, no se advertía que hubiesen tenido una trascendencia como para considerarlas una irregularidad con carácter determinante”.

Pero hay que recordar que en su determinación del 12 de julio, después de más de 50 medidas cautelares contra el tabasqueño y del señalamiento sobre 32 de sus conferencias de prensa en una sola resolución, la Sala Especializada del TEPJF estableció que, en sus conferencias de prensa del 9 y 11 de mayo de 2023, López Obrador, además de violar los principios constitucionales multicitados y del uso indebido de recursos públicos y de programas sociales, de hacer promoción personalizada y propaganda gubernamental en periodo prohibido, también incurrió en coacción del voto de los ciudadanos.

Así, el propio TEPJF determinó que López Obrador coaccionó el voto, pero Morena dice que esas intervenciones no fueron determinantes.

No está de más recordar la declaración de validez de la elección presidencial de 2006, cuando la Sala Superior del TEPJF hizo referencia a algunas, muy pocas (una cifra ridícula frente a lo vociferado por López Obrador en 2023-2024), expresiones del entonces mandatario sobre el proceso de aquel año: “Esta Sala Superior no pasa por alto que las declaraciones analizadas del presidente de la República, Vicente Fox, se constituyeron en un riesgo para la validez de la elección que, de no haberse debilitado su posible influencia con los diversos actos y circunstancias concurrentes, podrían haber representado un elemento mayor para considerarlas determinantes para el resultado final, de haber concurrido otras irregularidades de importancia que quedarán acreditadas”.

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