El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) descartó este lunes un recuento de votos de 45 distritos locales del Estado de México.
La petición realizada por Morena se fundaba en que la diferencia entre el primero y el segundo lugar en dichos distritos era menor al porcentaje de sufragios anulados, lo cual presentaron como una causal para el recuento.
Sin embargo, de acuerdo con el reporte de Proceso, los magistrados del tribunal local determinaron que el recuento procede cuando el Consejo General tiene la sumatoria final de los resultados de las actas de cómputo distrital.
“Siempre y cuando la diferencia entre el candidato presunto ganador de la elección en la entidad y el que haya obtenido el segundo lugar en la votación, sea igual o menor a un punto porcentual de la votación válida emitida en el estado”, precisaron los integrantes del TEEM.
Asimismo, Morena impugnó seis mil 196 casillas por la misma causal, pero sólo en 79 casos se decretó la nulidad por lo que la cifra final de votos se modificará (se restarán 24 mil 243 sufragios) en 32 actas de cómputo distrital.
Según el reporte consultado, los magistrados mexiquenses desecharon dos demandas especiales promovidas por ciudadanos, bajo el argumento de que carecen de legitimación e interés jurídico para solicitar la nulidad de la elección de gobernador.
Esto sin mencionar una queja de Morena y el PT contra los consejos distritales que rechazaron su solicitud para hacer un nuevo escrutinio en varias casillas. Al respecto, el TEEM consideró improcedente el recurso pues afirmó que se actuó con base en las directrices del código electoral del Estado de México.
mahy