viernes 28 junio 2024

Respuesta a Luis Álvarez Icaza Longoria respecto a la licencia concedida a Claudia Sheinbaum en la UNAM

por etcétera

Este lunes 27 de mayo, el exdirector del Instituto de Ingeniería de la UNAM, Luis Álvarez Icaza Longoria, envió a etcétera y a su director, Marco Levario Turcott, una misiva negando nuestra nota del pasado 24 de mayo titulada Icaza Longoria, académico que dio a Sheinbaum licencia con sueldo en la UNAM, firma en su favor, exigiendo derecho de réplica. 

En atención a su derecho de réplica, informamos: 

Manifiesta el académico que “la aseveración” de que él, como director del IIUNAM, otorgó “licencia a la Dra. Claudia Sheinbaum para ser Delegada en Tlalpan” es falsa, por dos razones.  

La primera razón, señala, es que la licencia “para ejercer un cargo público de importancia” es un derecho asentado en el Estatuto del Personal Académico de la UNAM, en su artículo 96.  La segunda razón, agrega, es que los directores “no tienen atribución para dar licencia para ocupar cargos públicos”, sino que esto toca a los Consejos Técnicos. Añade que en esos casos no se concede goce de sueldo. 

El doctor Álvarez Icaza Longoria dice que el obtener “licencias para otorgar cargos públicos (…) es un derecho del personal académico de la UNAM”. Pide que etcétera “muestre el documento donde yo otorgué la licencia a la Dra. Sheinbaum”. 

Niega también otra afirmación de nuestra nota. Que, en pago de este favor, Sheinbaum, cuando jefa de gobierno, le concedió “un contrato multimillonario” y pide a etcétera “que muestre un contrato, convenio, o cualquier otro documento firmado por la Dra. Sheinbaum donde “me otorga” esos millones”.

Respecto a esta réplica, etcétera tiene estas precisiones: 

1.- En efecto, obtener una licencia sin goce de sueldo para ocupar un cargo público es un derecho de los académicos y está contemplada esta eventualidad en el EPA de la UNAM. Sí, la normativa universitaria contempla las licencias “por haber sido designado o electo para desempeñar un cargo público de importancia”, de acuerdo con el Artículo 97. El tiempo máximo de esta licencia es de 8 años.  

2.- Cuando Claudia fue jefa delegacional sus licencias no fueron para “ocupar un cargo público” sino para cumplir una “comisión”, como dice el documento oficial de la UNAM, que presentamos abajo.  

3.- De acuerdo con la normativa universitaria, una “comisión” es un encargo académico que parte de las autoridades académicas, “para realizar estudios o investigaciones en instituciones nacionales o extranjeras, siempre que éstos puedan contribuir al desarrollo de la docencia o de la investigación y llenen una necesidad de la dependencia”. 

4.- En efecto, los Consejos Técnicos participan en el otorgamiento de licencias, pero en el caso de licencias por comisiones, éstas son concedidas por los directores de las dependencias, según apunta el Título Octavo del APA, Artículo 95, inciso B. Los Consejos Técnicos brindan su opinión al respecto. 

5.- Durante la gestión del Dr. Álvarez Icaza Longoria en el IIUNAM, Sheinbaum disfrutó nada menos que de cinco licencias, dos sin goce de sueldo y tres con salario. Las licencias con goce de sueldo coinciden con su gobierno delegacional. Una, por “motivos particulares” coincide con su campaña por la jefatura de gobierno y la otra con su primer año gobernando la CDMX.  

6.- Las licencias por “comisión” indefectiblemente fueron otorgadas por el Doctor Álvarez Icaza, pues así lo marca la normativa universitaria. No hace falta presentar un documento. Necesariamente se infiere que la autorización provino de él.  

7.- Buena parte de lo anterior está documentado en una nota previa, que el Dr. Álvarez Icaza Longoria no tiene en cuenta, pues posiblemente no la leyó. Se trata de la investigación titulada Sheinbaum es “aviadora” de la UNAM: faltó a trabajar 15 años, pero se jubilará con jugosa pensión, publicada en nuestro portal el 17 de mayo de este año.  

En esta investigación, fundada en documentos de la propia UNAM obtenidos vía transparencia, se documenta lo siguiente: 

  • A lo largo de toda su vida como trabajadora académica, Sheinbaum obtuvo 16 licencias laborales, acumulando 15 años de faltas. De esas 16, nueve fueron con goce de sueldo y siete fueron sin goce de sueldo. De las que fueron con goce de sueldo, dos fueron por embarazo y seis por supuestas “comisiones”.  
  • De las seis licencias por “comisiones” cuatro se le otorgaron cuando fue Secretaria de Medio Ambiente, a principios de siglo. Las otras tres, como hemos dicho, cuando fue jefa delegacional. 
  • Las tres licencias que permitieron a Sheinbaum dejar sus deberes en el IIUNAM durante su gestión como jefa delegacional en Tlalpan se concedieron bajo el argumento de una “Comisión”, de acuerdo con lo que establece el Artículo 56 del Estatuto del Personal Académico de la UNAM. La respuesta que la UNAM envió a etcétera así lo señala sin lugar a dudas. 
  • Sin embargo, es del todo imposible que Sheinbaum se encontrara cumpliendo una comisión o encargo de sus superiores en la UNAM, ya que se encontraba ocupando un cargo público. 
  • Las licencias como jefa delegacional abarcan del 1 de octubre de 2015 al 1 de octubre de 2017. Son tres, una por cada año. La respuesta de la UNAM dice, de manera innegable, que dichas licencias fueron “con sueldo” y que se fundan en el Artículo 56 del EPA. Dicho artículo, en su inciso C, dice que es obligación de los profesores de asignatura “cumplir, salvo excusa fundada, las comisiones que les sean encomendadas por las autoridades de la dependencia de su adscripción o por el Rector con el conocimiento de éstas”.  
  • La licencia concedida en 2015 corresponde a la gestión del Doctor Adalberto Noyola Flores, que también fue beneficiado con la dirección de un proyecto conjunto entre el IIUNAM y el gobierno capitalino. 
  • Adicionalmente, citamos, para bien de la memoria del Dr. Álvarez Icaza Longoria, el Artículo 95 del EPA: “Los directores de las dependencias podrán… Conferirles (a los miembros del personal académico), con la aprobación del consejo técnico, comisiones para realizar estudios o investigaciones en instituciones nacionales o extranjeras, siempre que éstos puedan contribuir al desarrollo de la docencia o de la investigación y llenen una necesidad de la dependencia”.   
  • El artículo 98 del mismo EPA señala que la solicitud de una licencia por comisión académica se debe presentar “al director de la dependencia de su adscripción, quien la enviará con su opinión al consejo técnico”. 

Licencias CLAUDIA_UNAM

 

 

8.- El Dr. Álvarez de Icaza Longoria afirma que Sheinbaum obtuvo licencia de sus deberes durante su gestión en Tlalpan bajo la figura de “ocupar un cargo público”. Esto es mentira, si atendemos a la información que la propia UNAM nos proporcionó.  

Ahora, sobre el proyecto de presupuesto millonario que el doctor niega que exista o haya existido, apuntamos: 

1.- Adjuntamos PDF del documento que avala el Convenio específico de colaboración “para llevar a cabo el proyecto denominado ‘Valorización de fracción orgánica de residuos sólidos urbanos mediante carbonización hidrotermal’ que celebran el gobierno de la CDMX y la UNAM, representada (entre otros) por el doctor Luis Agustín Álvarez Icaza Longoria”.

Convenio IIUNAM-GOB CDMX

2.- En este documento se establece con claridad que para realizar este proyecto la UNAM realizó un convenio con Banobras, con fecha 8 de noviembre de 2019 y vigencia de 18 meses. En el convenio se asienta la obligación de guardar la confidencialidad de toda la información a la que las partes tengan acceso.  

3.- Por parte de la UNAM “se designa al Doctor Luis Álvarez Icaza Longoria como responsable de los trabajos”. 

4.- En el documento no se hace mención de ninguna cantidad de dinero, y dicho convenio no cuenta con la firma de Claudia Sheinbaum, lo que el Dr. Álvarez Icaza aprovecha para ironizar sobre la inexistencia de un contrato en donde Claudia Sheinbaum le “otorgue” muchos millones. 

5.- No obstante, el acuerdo fue firmado, en representación del gobierno capitalino, por el secretario de Obras y Servicios Jesús Antonio Esteva Medina, entonces subordinado de Claudia Sheinbaum. Es decir, que es como si la propia Sheinbaum hubiese firmado. 

6.- El propio gobierno, en una nota de prensa, divulgó con posterioridad a esa firma que la primera fase del proyecto había costado 300 millones de pesos de inversión. No hay datos precisos sobre el salario que el Dr. Álvarez Icaza devengó como responsable de este proyecto, pero es obvio y evidente que al tratarse de un trabajo adicional a sus deberes como investigador, obtuvo ingresos adicionales.  

https://www.obras.cdmx.gob.mx/comunicacion/nota/supervisa-claudia-sheinbaum-avance-del-90-por-ciento-de-planta-de-carbonizacion-hidrotermal-en-bordo-poniente

CONCLUSIÓN 

Etcétera considera plenamente documentadas y sustentadas sus afirmaciones en el sentido de que el Dr. Álvarez Icaza favoreció de manera indebida a Claudia Sheinbaum con licencias injustificadas con goce de sueldo.  

En llamativa coincidencia, el mismo académico que la favoreció de tal manera fue nombrado responsable de un proyecto de gran importancia que representó una erogación millonaria y pagada a la UNAM por medio de Banobras, institución con la que el gobierno de Sheinbaum contrató elevados montos de deuda pública.

Atentamente


Revista etcétera. 
Marco Levario Turcott, director. 
Alejandra Escobar, subdirectora. 
Orquídea Fong, editora. 

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