SCJN avala que jueces federales deliberen en materia de transparencia

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó este miércoles que los jueces federales también podrán entrar al estudio de fondo de los casos que resuelva el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), sin que estén obligados a resolver en el mismo sentido que el órgano autónomo.


Esto quiere decir que si alguna persona no está de acuerdo con alguna resolución del INAI podrá tramitar un amparo ante un juez federal, quien podrá otorgar el recurso aunque esto se contraponga con la decisión del Instituto.


La discusión se dio luego de que el INAI hiciera pública información de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) relacionada con los permisionarios de armas de fuego con fines deportivos, de tiro, cacería o charrería.


Tres personas que se consideraron afectadas por esta decisión, acudieron ante un juez federal para tramitar un amparo que revirtiera la publicidad de la información. El juez concedió el recurso sólo a dos (el otro no tenía licencia como permisionario) por lo que el Instituto pidió la intervención de la Suprema Corte.


Al respecto, los ministros determinaron que “el Poder Judicial de la Federación tiene como función constitucional resolver si alguna disposición general, acto u omisión de autoridad -cualquier autoridad con independencia de su pertenencia a la administración pública o trátase de un organismo constitucional autónomo- transgrede los derechos humanos reconocidos en la Constitución o los tratados internacionales de los que el Estado mexicano es parte, o las garantías para su protección”.


Y agregó: “en todo juicio de amparo deben interpretarse las disposiciones de derechos humanos de conformidad con la propia Constitución y los tratados internacionales de la materia con la intención de favorecer en todo tiempo a las personas la protección más amplia”.


Tras dictarse la sentencia, la comisionada del INAI, María Patricia Kurzcyn Villalobos, dijo que el Instituto acatará la sentencia de la SCJN, aunque reconoció que pueden existir diferencias en los criterios al momento de tomar una determinación.


La Suprema Corte de Justicia es la última instancia y la que tiene la última palabra porque es la que tienen los elementos para poder, en algún momento, interpretar la ley y conocer cuál es la que se tiene que aplicar, de esta manera el INAI reconoce su autoridad y desde luego acata completamente su resolución con un gran respeto”, dijo la comisionada en entrevista para El Universal.


El inciso XVI, del artículo 3o de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establece que los organismos encargados de estudiar los casos en materia de acceso a la información se encuentran especificados en el artículo 6o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


En dicho apartado, se precisa que en caso de una inconformidad respecto a alguna determinación del INAI será el Máximo Tribunal quien resuelva la polémica.


 


mahy

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