SCJN rechaza amparo a favor del aborto

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la tarde de este miércoles aprobar un proyecto que por primera vez declaraba inconstitucional el delito de aborto.


Por tres votos contra uno, la Primera Sala rechazó avalar el proyecto del ministro Arturo Zaldívar que reconocía el derecho de las mujeres a decidir sobre su cuerpo, específicamente, sobre la interrupción del embarazo.


Zaldívar propuso declarar inconstitucional los artículos 332 y 334 del Código Penal Federal que criminalizan a las mujeres que abortan voluntariamente.


En sí, el proyecto obedecía al amparo promovido por Margarita Pino Salazar, una mujer a la que al ISSSTE le negó el acceso a la interrupción legal de un embarazo que ponía en riesgo su vida, por lo que se vio en la necesidad de acudir a una clínica privada.


El problema con lo expuesto por Zaldívar es que declaraba inconstitucionales los artículos que sancionan el aborto voluntario, mismos que no fueron aplicados a Pino Salazar porque no fue procesada penalmente por interrumpir su embarazo, sólo se le negó la práctica en una clínica pública.


Antes de que el amparo llegará a la SCJN, un juez federal también desechó el amparo por considerar que la demandante carecía de interés jurídico o legítimo para impugnar el Código Penal Federal.


Ahora el proyecto será turnado a otro integrante de la Primera Sala para que presente una nueva propuesta, para lo cual no hay fecha.


Los ministros Norma Piña, José Ramón Cossío y Alfredo Gutiérrez fueron los que desecharon el proyecto, el ministro Jorge Pardo estuvo ausente.


De acuerdo con el reporte de Reforma, el nuevo proyecto tiene dos escenarios, según a quien sea turnado: desechar el amparo promovido por Pino Salazar por considerarlo improcedente o estudiar los argumentos de fondo desde otra perspectiva.


Piña y Cossío, por ejemplo, votaron hoy por su improcedencia, mientras que Gutiérrez consideró procedente la demanda pero rechazó los términos en que fue presentado el proyecto.


Pardo sería entonces el de la última palabra pero por sus criterios en casos previos, según destaca el diario, votaría en contra.


Si bien la interesada no fue procesada, Zaldívar argumentaba que la penalización genera un contexto de estigmatización, es decir, una de las razones por las cuales Hospital 20 de Noviembre se negó a practicarle el aborto.


Pero Norma Piña, por ejemplo, argumentó que la quejosa no impugnó los artículos 331 y 332 del Código Penal Federal que son los que realmente sancionan el aborto.


Asimismo descartó que éste tenga un juicio discriminatorio o estigmatizante porque el aborto está permitido en diferentes escenarios. 


Sobre el aborto, el Código Penal Federal establece lo siguiente:


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