La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó dos recursos de inconstitucionalidad contra la Constitución de la Ciudad de México, uno tramitado por la Procuraduría General de la República (PGR) y otro por Morena y Nueva Alianza.
De acuerdo con el reporte de El Universal, los ministros del Máximo Tribunal rechazaron los argumentos con los que se pretendía anular la Carta Magna y sólo validaron algunos de los puntos impugnados.
En el caso del recurso promovido por Morena, la Corte consideró que el límite impuesto a los partidos para que máximo cuenten con 40 legisladores en el Congreso local es válido ya que permite tener una mayoría absoluta.
“El tope de 40 diputados establecido en el precepto es un límite acorde con los preceptos constitucionales, porque permite que al partido que haya obtenido en número de votos, incluso la mayoría en la totalidad de los Distritos uninominales, se le asigne hasta siete para llegar a 40, lo que garantiza la posibilidad de obtener una mayoría absoluta en el Congreso local, pero sin exceder el límite de sobrerrepresentación de la regla de 8% porque aún en un cálculo de un escenario donde llegara a esas 40 curules, esto representaría 60.6% de integrantes del Congreso”, se lee en el fallo.
Con relación a la impugnación de Nueva Alianza, en contra de la representación de circunscripciones internas para conformar las alcaldías, el Máximo Tribunal validó los artículos de la Carta Magna capitalina este sistema, por lo que los integrantes de las alcaldías serán electos por planillas de entre siete y 10 candidatos.
Por otra parte, aunque la SCJN rechazó el recurso de inconstitucionalidad de la PGR, sí le dio la razón a la dependencia respecto a que las causas de nulidad de una elección local no coinciden con las que existen en la ley federal.
De este modo, no se podrán anular elecciones en la CDMX teniendo como causales la existencia de violencia política, de género, la compra o coacción de voto, desvío de recursos públicos con fines electorales, la compra de tiempos en medios de comunicación y el rebase de topes de gastos de campaña.
mahy