Ante la obligatoriedad de dar cumplimiento a la suspensión definitiva de la aplicación de la reforma eléctrica, la Secretaría de Energía pidió al juez Juan Pablo Gómez Fierro una prórroga para oficializar la obediencia a la orden judicial, misma que le fue concedida por el término de tres días.
En tanto el presidente Andrés Manuel López Obrador ha señalado que las numerosas suspensiones provisionales y definitivas en contra de su reforma eléctrica son una muestra de que los jueces están aliados con “la oligarquía” que busca seguir saqueando a México, la Secretaría de Energía ha acatado, hasta ahora, los procesos judiciales.
Basta con que se ordene una sola suspensión definitiva para que la aplicación de la Ley de la Industria Eléctrica quede sin efectos hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronuncie respecto a su constitucionalidad.
Para ello, la entidad responsable, en este caso la Secretaría de Energía, debe publicar en el Diario Oficial de la Federación que la aplicación de la ley queda suspendida. Es sobre esta publicación que la dependencia a cargo de Rocío Nahle solicitó al propio juez Gómez Fierro una prórroga.
Es decir, el mismo juez que AMLO ha descalificado, es a quien la Sener se dirigió para pedirle que se le dé más tiempo, con lo que en los hechos, el gobierno federal reconoce la autoridad del juez, aún cuando el presidente pidió que fuera investigado por su supuesto mal proceder.
“En relación con la solicitud de prórroga que formula la Secretaría de Energía, para que realice una publicación en el Diario Oficial de la Federación en su carácter de autoridad vinculada con el cumplimiento de la suspensión, se le concede una prórroga de tres días, contada a partir del día siguiente en que surta efectos la notificación de esta determinación, para que acredite haber llevado a cabo la referida publicación”, dice la respuesta del juez.
De no hacerlo, los funcionarios responsables de la dependencia incurrirían en una violación de la Ley de Amparo y podrían ser sancionados.
En tanto, el juez Gómez y otros más, continúan concediendo suspensiones definitivas a la aplicación de la reforma, en resolución a los amparos interpuestos por empresas privadas. No obstante que cada amparo debe resolverse de manera individual, y se pueden conceder tantas suspensiones definitivas como amparos se hayan solicitado, basta con que el juez haya dado una sola suspensión definitiva para que la ley deba detenerse.
La suspensión está fundada en que contraviene diversos derechos y prohibiciones consagrados en la Constitución. Uno de ellos, la prohibición de que existan en el país prácticas monopólicas, tanto privadas como de parte del Estado.
Como es inevitable que el tema llegue a la SCJN y es altamente probable que la instancia falle que la ley de AMLO es inconstitucional, el presidente ya amagó con intentar una reforma de fondo a la Constitución, para que su ley se adecúe.
Esto implicaría retirar la prohibición de que existan monopolios o bien, admitir monopolios de Estado.
Pero no sólo eso se opone a su reforma: también lo hacen los acuerdos internacionales que México ha firmado a favor de las energías limpias y de apertura de los mercados energéticos, mismos que tienen la misma fuerza legal que la Constitución.

