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Por considerar que puede haber una afectación presupuestal que ponga en riesgo la autonomía constitucional del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó a este una suspensión en la implementación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut).

Así el máximo tribunal del país da respuesta a la controversia constitucional que había planteado el IFT contra las disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que dieron origen al Panaut, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el pasado abril.

El alegato del IFT fue que no tiene los recursos, definidos por la Cámara de Diputados para el presente año, para echar a andar el registro del Panaut, lo que afecta su autonomía.

El caso fue turnado a la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien consideró que el acto impugnado tiene el potencial de poner en riesgo constitucional el cumplimiento de un lineamiento del que depende la autonomía del instituto frente a los demás poderes.

Lo anterior se debe a que las erogaciones que se realizarían para instalar, operar, regular y mantener el Panaut serían hechas con el presupuesto asignado para el presente ejercicio fiscal.

La suspensión determinada por la ministra Piña Hernández implica que, mientras se entra al fondo del asunto, quedan paralizadas las acciones relacionadas con el padrón, que son, entre otras, el desarrollo de la plataforma que concentrará la información y la elaboración de las disposiciones administrativas al respecto.

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