Difícil, que la democracia mexicana sobreviva a los dos golpes recibidos recientemente. No es exagerado afirmar que, esta semana de agosto, pone fecha al fin de la transición democrática de México. Primero, el dictamen de validez de la elección presidencial con el que la Sala Superior del Tribunal Electoral federal ignoró olímpicamente la contumaz violación a la Constitución en que incurrió el gobierno federal al entrometerse en la campaña electoral. Y, luego, la asignación de diputados de representación proporcional que otorga a Morena y sus rémoras una sobrerrepresentación alejada de la voluntad popular. Se trata de dos auténticos machetazos de carácter letal.
Dice el dicho que no hay peor ciego que el que no quiere ver, lo que ahora se aplica a los h. magistrados electorales. En su Dictamen relativo al Cómputo final de la elección de la Presidencia, publicado el 20 de agosto de 2024 en el Diario Oficial de la Federación, el TEPJF afirma que no se acreditó la intervención sistemática y reiterada del titular del Poder Ejecutivo Federal en el proceso electoral federal, aduciendo que “algunas de las manifestaciones se refirieron a acontecimientos aislados que no afectaron la elección”. Para los magistrados, tampoco se demostró una injerencia sistemática y reiterada de servidores públicos (gobernadores, integrantes del gabinete presidencial) porque “se trataron de hechos aislados”.
Para colmo, el dictamen arguye que “No se demostró la aplicación sesgada de los programas sociales, ni un desvío de recursos públicos para financiar la campaña de la candidata triunfadora y, por ende, no se acreditó la contravención a los principios constitucionales de equidad, neutralidad e imparcialidad”. Para el tribunal fue insuficiente “el acervo probatorio” sobre “la estrategia a nivel nacional y local para financiar una coacción y compra de votos”.
Pese a todas las evidencias, el dictamen niega la virtual abrogación del principio de imparcialidad a que está obligado el gobierno y la violación descarada del principio de equidad en la contienda entre partidos. Los magistrados se escudan en que la carga de la prueba era de los denunciantes, pero olvidaron que la Constitución los obliga a la exhaustividad en el estudio de los casos que se someten a su consideración. Más, cuando se trata de asuntos que no son entre particulares, sino que responden al más alto interés público, como lo es la elección presidencial. Aparte de lo anterior, el h. tribunal ignoró hasta sus propias determinaciones, pues hizo caso omiso de decenas de sus propias sentencias en las que quedaron probadas las reiteradas y sistemáticas conductas del inquilino de Palacio Nacional convertido en coordinador de campaña, vocero y litigante de su candidata presidencial. El órgano jurisdiccional ni siquiera ordenó que los recursos públicos empleados en tales infracciones se cuantificaran para efectos del dictamen de los gastos de campaña de la candidata ganadora.
Y, de remate, el lastimero espectáculo protagonizado por la mayoría de los consejeros del INE, plegados a la mañosa asignación de diputados de representación proporcional dictada por el gobierno federal para hacerse de la mayoría calificada en la Cámara de Diputados. En una anterior entrega de esta columna se presentó la forma en que se debía aplicar la fórmula constitucional de asignación conforme a los resultados de la elección. Se demostró que, aun cuando el partido Morena es beneficiado de la sobrerrepresentación permitida, ni éste ni sus aliados tienen derecho a la mayoría calificada. La consejera Claudia Zavala presentó en la sesión del 23 de agosto un proyecto similar, el cual fue respaldado por el consejero Martín Faz. Lamentablemente, la mayoría de los consejeros se plegaron al dictado gubernamental, arguyendo que hacerlo de otra manera los convertiría en oposición. Este lamentable argumento reconoce tácitamente que, con la asignación aprobada, estos consejeros convirtieron al INE en patiño del grupo en el poder, estos consejeros convirtieron al INE en instrumento del grupo en el poder, en lugar de mantenerlo como órgano dotado de autonomía constitucional.
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