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domingo 22 diciembre 2024

Hamlet en el SAT, Lady Macbeth en la corte

por Óscar Constantino Gutierrez

«Todos los impuestos desalientan algo.¿Por qué no desalentar cosas malas como la contaminación en lugar de cosas buenas como el trabajo o la inversión? ».

Lawrence Summers.

Marcellus dice «something is rotten in the state of Denmark»[1] y la frase se ha vuelto un lugar común, pero cuando se habla del recaudador mexicano, sin duda que hay algo podrido en el Estado.

Existe una lógica perversa en asumir que todo lo que hace el ser humano es materia de tributación —o para precisar más el asunto, que toda actividad económica habilita al Estado a cobrar por ella—. Esa postura, además de ser contraria a la justicia y libertades, resulta ineficiente y contraproducente.

En ninguna parte de la Constitución nacional se dice que existe el deber de pagar contribuciones de todo y por todo. La obligación constitucional se limita a contribuir de la forma proporcional y equitativa que marquen las leyes. El orden de la frase es importante: se contribuye de forma proporcional y equitativa, y esa proporcionalidad y equidad debe estar manifestada en la ley; no se contribuye como le venga en gana a la ley, si esa ley es desproporcionada o inequitativa, es ilegítima y debe expulsarse del sistema.

La visión más sencilla del proceso económico lo separa en tres fases: producción, distribución y consumo. Actualmente, el Estado grava la generación de ingresos (imposición a la renta), el consumo que se hace con esos ingresos (impuesto al valor agregado) y la propiedad de lo comprado (predial o tenencia, entre otros). Así, un mismo recurso económico es objeto de tributación durante todo el proceso económico. El problema es que esa visión omniexactora, esquilmante, desincentiva el crecimiento económico. Tal política tributaria no sólo se excede del mandato constitucional: es venenosa para la creación de riqueza y prosperidad en un país.

El principal problema de esa lógica omniexactora es que se normaliza en el pensamiento burocrático y de aquellos que, aun sin ser gobierno, recomiendan tributar de todo. En el primer caso se tiene al secretario de Hacienda, Arturo Herrera, quien desde su cargo previo ya alababa a la tenencia, asignándole cualidades de las que carece. En su discurso le atribuyó tantas virtudes a la tenencia, que hacía que pareciera un crimen de lesa humanidad haberla abrogado. Afirmó que «era un impuesto extraordinariamente fácil de cobrar y progresivo; “un auto que cuesta más pagaba más y, además, tiene componentes medioambientales, es decir, se disuadía el uso de un bien que creaba contaminación’’»[2]. Ambas aserciones son falsas y, como en diálogo de tira de Mafalda, se puede decir que hasta peligrosas.

Vamos por la primera: ¿es una cualidad que un impuesto sea «extraordinariamente fácil de cobrar»? Quizá para el gobierno recolector, pero los principios de imposición son para los gobernados, como el de comodidad en el pago… y lo que es fácil de cobrar no es necesariamente cómodo de pagar —como de hecho sucede con la tenencia y el predial, que son tributos molestos, que dan un zarpazo patrimonial, sin importar la capacidad contributiva del ciudadano al momento de su enteramiento al fisco—.

El ahora secretario de Hacienda también aseveró que la tenencia era un impuesto progresivo, es decir, cobra más a quien tiene un auto más caro y cobra menos a quien posee un vehículo más modesto. Esa progresividad parece equitativa, aunque no necesariamente eficiente, pero de ahí Herrera da un salto triple sin red con una afirmación carente de veracidad: ¿la tenencia tiene componentes medioambientales? ¿Ese impuesto disuade el uso de un bien que crea contaminación? Las respuestas son falso y falso. La tenencia tiene su base gravable en el precio del vehículo, no en su uso: se cobra por tener auto, no por sacarlo a la calle. Y paga más un auto caro, no un coche que se utiliza bastante. Explicado con manzanitas: paga mucho más un Bentley al que sólo se le mueve una vez al día para darle la vuelta a la manzana, que un Tsuru II chacuaco que parece locomotora de carbón y anda todo el día circulando. Dado que lo que contamina es la combustión interna y no la propiedad, la afirmación de Herrera es falsa.

Asimismo, la tenencia no disuade el uso de un bien que crea contaminación, por la misma razón que el pago de un cover en la hora feliz de un bar no disuade de alcoholizarse: el que pagó la tenencia no tiene incentivo alguno para dejar de usar su vehículo, porque ya pagó todo lo que debía para sacarlo de la cochera. Para efectos prácticos, las tributaciones que disuaden del uso del automóvil son las que cobran por cada unidad de traslado efectuada: con la tecnología actual, las dos principales opciones son el cobro por kilómetro (que en México es inviable, por la falta de infraestructura y la corrupción) y el cobro por litro de combustible, que de hecho existe en el IEPS pero que sólo sirve para recaudar, por las razones que plantearemos más adelante.

La demostración, al estilo Mill, de que la defensa de la tenencia carece de pertinencia económica se obtiene con un ejemplo: con ese impuesto, un Tesla Model 3, que no contamina, sufragaría una tenencia altísima… mientras un vehículo barato de gasolina, que contamina bastante, pagaría muy poco tributo o nada.

Si desde el punto de vista económico la tenencia es un impuesto impertinente, desde el punto de vista jurídico es ofensivo, porque no considera la capacidad contributiva del propietario: quien en 2018 tuvo recursos para sufragar un auto, no tiene garantizado contar con ellos en 2019 para pagar impuestos sobre ese vehículo… y no, no es un argumento relevante que se diga que es pequeño el porcentaje a pagar. En ese tributo brillan por su ausencia la proporcionalidad y equidad que exige la Constitución.

El problema de la tenencia —y del predial, al que le dedicamos los siguientes párrafos— es su visión feudal: cobrar por tener es propio de un gobierno con súbditos, no con electores. Su visión es la de la confiscación, característica de las monarquías absolutistas que se apropiaban arbitrariamente[3] de la totalidad del patrimonio de un sujeto[4].

Si en un funcionario resulta inaceptable que se sostenga una perspectiva expoliatoria de la economía privada, la situación se vuelve repelente cuando esas ocurrencias provienen de algún segmento sector privado. En un texto publicado en Animal Político, dos especialistas en tributación y economía sugieren que la solución al problema de reducción de transferencias federales a los municipios es… cobrar más predial. Dicen las expertas: «el esquema actual no promueve el esfuerzo recaudatorio a nivel local y a los estados y municipios les sale (o les salía) barato desaprovechar su potencial recaudatorio. Por ejemplo, en nuestro país la recaudación del predial es de 0.2% del PIB, mientras que el promedio de los países de América Latina es 0.4% –el doble–, y para los países de la OCDE es de 1.1% (OCDE 2016). En el caso de la tenencia, en 2019 sólo 14 estados la han recaudado. El número de entidades que cobran este impuesto se ha reducido continuamente desde 2014, a la par de la recaudación. La realidad es que los estados han preferido no asumir el costo político que conlleva cobrar este impuesto»[5].

Desde el sector privado se esperaría una lógica de mercado, que le diera un lugar importante a la eficiencia y al crecimiento económico: si los contribuyentes ya pagan impuestos cuando obtienen ingresos (ISR) y cuando usan sus ingresos para consumir (les cobran IVA e IEPS, principalmente), así como solventan contribuciones al adquirir bienes inmuebles, ¿bajo qué lógica deben volver a enterar impuestos cada año sobre un bien que ya compraron? ¿Acaso lo del predial no es un pago doble, triple o eterno sobre algo?

El contraargumento es que los servicios y gastos de gobierno se generan año con año, pero esa réplica no se sostiene: al igual que los gastos públicos, los pagos de ISR e IVA se generan mes con mes y año con año. Si lo que se busca es la proporcionalidad entre los servicios municipales prestados y su pago, la figura tributaria a utilizar es el derecho y no el impuesto.

Mientras el impuesto no tiene contraprestación específica —el Estado puede cobrarlo por tabaco y dedicarlo a giras presidenciales—, el derecho está vinculado a lo que el gobierno entrega —por ejemplo, una licencia de conducir o la explotación de recursos de agua—. Con la figura del derecho, se limitan las posibilidades de que lo recaudado se gaste en algo distinto a su causa. Por ejemplo, si el IEPS al tabaco dejara de ser impuesto y se volviera un DEPS (Derecho Especial Sobre Producción y Servicios), legalmente se puede establecer que lo recaudado deberá dedicarse al combate del tabaquismo o a clínicas para problemas causados por el consumo de tabaco. Y ese deber legal amarra las manos de una Administración proclive a gastarse el dinero en sus caprichos, sobre todo cuando tiene un Poder Legislativo que opera como una ventanilla de mero trámite.

Llevado al campo municipal, las administraciones podrían implementar derechos por servicios —y así obligarse a prestarlos con buena calidad, algo que históricamente no sucede en este país, como lo evidencian los problemas usuales de pavimentos, banquetas, limpia y alumbrado público—, aunque no es la única vía, ya que también  tienen a su alcance un esquema superior, que en algunas partes del mundo opera y que puede impulsarse desde lo local, para llegar a lo federal: en España, por ejemplo, el Estado recauda el IVA, la imposición a la renta y los impuestos especiales (como a la cerveza, vino, hidrocarburos y tabaco) pero cede a las comunidades autónomas la mitad de lo recaudado por IVA[6] y por renta. Con las tecnologías actuales, las entidades federativas y municipios mexicanos podrían recibir en tiempo real esas transferencias.

Si en verdad se pretende promover el esfuerzo recaudatorio en los gobiernos locales, el camino está en habilitar la recaudación —o su vigilancia— por parte de estados y municipios. Al mismo tiempo, la fórmula de repartición automática, además de equitativa —premia a las comunidades que establecen mejores condiciones para el crecimiento económico, porque devuelve recursos en función de lo generado en cada territorio—, incentiva la gobernanza en doble vía, porque a) los gobiernos locales se benefician de tener infraestructura y buenos servicios públicos, condiciones esenciales para generar crecimiento y, por ende recaudar; y b) esas mismas administraciones estatales y municipales son las favorecidas inmediatas de una efectiva recaudación federal, lo que motiva el interés local en que no haya evasión de los tributos nacionales.

Una reforma con esta finalidad puede ir desde el nivel de repartición automática hasta al de habilitación a los gobiernos locales para cobrar los tributos federales por sí mismos. Al compartir la fuente de ingresos, tanto federación como gobiernos estatales y municipales comparten el interés en que la recaudación sea completa y efectiva.

Cada vez que algún genio de la tributación nos viene con la peregrina idea de que se deben aumentar los impuestos, hay que recordarle que más de 31 millones de la Población Económicamente Activa (PEA) viven en la informalidad[7]: más que aumentar tasas, se trata de dejar de martirizar a los contribuyentes cautivos e ir a cobrar a los que nunca pagan. Ninguna economía alcanzará racionalmente los promedios de la OCDE si 56.5% de su PEA no paga impuestos, a pesar de tener ingresos, pequeño dato que olvidaron tanto el secretario de Hacienda como las especialistas referidas previamente.

Aun poniéndose weberiano, la solución no está por donde plantean Herrera y algunos expertos partidarios del aumento de impuestos: incluso desde la óptica gobiernista, que pone en primer lugar la facilidad del recaudador y en segundo término la comodidad del contribuyente, la solución más elegante y desregulada se encuentra en el paradigma planteado al principio de este texto: se trata de lograr que se contribuya a los gastos públicos, no de gravar toda la actividad de las personas. Y hay fases de la producción económica donde los tributos son más sencillos de recaudar y, a la par, afectan menos al crecimiento económico y a la prosperidad: gravar la renta inhibe la inversión, cargar la propiedad es inequitativo, pero tributar sobre el consumo —sin imposición a la renta, ni a la propiedad— hace atractiva la inversión y propicia el ahorro necesario para los capitales productivos. Igualmente, el IVA es más fácil de recaudar y, apoyado en las nuevas tecnologías, respeta la capacidad contributiva y su pago es más cómodo para el ciudadano.

Por el lado libertario, resulta una depravación kafkiana que las personas con los ingresos más modestos requieran asistencia profesional para pagar sus impuestos. Cuando las personas de ingresos —o consumos— bajos y medios requiere apoyo especializado para solventar sus contribuciones, algo está podrido en el sistema: en estos casos, el modelo ha sido artificialmente complicado, para favorecer a gremios o para propiciar errores tributarios que permitan castigar financieramente a los contribuyentes. La contabilidad profesional debe ser para quienes operan con grandes cantidades de recursos. Un país, donde a un sujeto que necesita tres trabajos para subsistir, se le exige una declaración anual de impuestos, es una nación en la que el gobierno ha alcanzado nuevas cotas de infamia: es la Administración vil y miserable de los javerts con levita de recolectores.

Al IVA generalizado se suelen oponer supuestos argumentos de equidad, pero no son racionales, ya que plantean a la recaudación como único momento de la actividad financiera del Estado y no que, después de tributar, se administran esos recursos y se gastan. La equidad, desde los clásicos, implica remediar lo que la regla de igualdad no resuelve por sí misma: una imposición del consumo, bajo criterios de igualdad, puede tener una corrección en equidad vía devoluciones o subsidios —es decir en los otros momentos de la actividad financiera, cuando se presupuesta, gasta y administra lo recaudado—. De hecho, un sistema en el que todos pagan IVA para todos los consumos, facilita la transparencia y racionalidad de los apoyos sociales, ya que obliga a que el padrón de beneficiarios refleje con exactitud las capacidades contributivas de todos los favorecidos, lo que evita que, en la asignación de ayudas o compensaciones, haya demagogia, así como complica el electorerismo y dificulta el desvío de recursos públicos.

Pero, ante las opciones racionales que procuran la eficacia y eficiencia, el gobierno hace oídos sordos y la narrativa javertista toma forma de propaganda chauvinista: tanto los funcionarios del SAT como sus anuncios, señalan como un tema de patriotismo el pago de contribuciones[8] —por oposición, la evasión es traición a la patria—. Nuevamente, la argumentación no se sostiene.

¿Existe un deber patriótico de pagar impuestos, como sostiene el SAT? La afirmación es exagerada: si bien patriota es la «persona que tiene amor a su patria y procura todo su bien»[9], llamar así a quien cumple sus obligaciones administrativas es un exceso que devalúa al término. No queda duda de que quien paga sus impuestos es un ciudadano cumplido, nada más, ni nada menos. Patriotas son Juan Escutia, Valentín Gómez Farías o Vicente Guerrero, no el gobernado común que presenta en tiempo y forma su declaración anual.

Cuando la jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT) —y ahora ministra de la Corte Suprema—, Margarita Ríos-Farjat, afirmó la relación entre compromiso con la patria y pagos al fisco, ciertamente hizo una hipérbole: «septiembre es sin duda el mes de la patria, pero marzo y abril son justamente la oportunidad para demostrar qué tan mexicanos somos, qué tan comprometidos estamos con la patria, porque, no se nos olvide, que el impuesto a pagar no es dinero nuestro, es dinero de la nación. Démosle entonces a México lo suyo para que podamos seguir creciendo»[10].

Sus aseveraciones admiten varios cuestionamientos y refutaciones. Si la mexicanidad y el compromiso con la patria dependen de pagar impuestos, tenemos 31 millones de traidores que encuadran en el masiosare. Por otro lado, es una mentira del tamaño del Zócalo que «el impuesto a pagar no es dinero nuestro, es dinero de la nación».  Sólo en la perfidia burocrática puede creerse que esos recursos, obtenidos por la acción individual, son de la nación: por el contrario, esa riqueza siempre ha sido patrimonio de los particulares, pero el Estado se inventó una carga legal para que el gobierno se quedara con una parte de esos recursos privados. Revolver y confundir patria, nación y gobierno, atenta contra el mismo patriotismo, lo convierte en verborrea para la propaganda; así como a su inverso, la traición, la establece como piedra de lapidación de los opositores.

Esta visión perversa de lo fiscal no es exclusiva de la 4T, existe desde que hay país y no es privativa de México. No obstante, su generalización no cancela su cinismo en estas latitudes. Si bien el artículo 17 de la Constitución General de la República es categórico —nadie puede ser aprisionado por deudas de carácter puramente civil—, las deudas fiscales se convierten en delitos sancionados con cárcel… incluso como delincuencia organizada por contrabando, defraudación fiscal o comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados[11]. El doble estándar es evidente cuando se tiene presente que el Estado considera defraudación fiscal la omisión total o parcial del pago de alguna contribución[12]: en ninguna materia el impago es fraude, salvo en la tributaria, en la que el acreedor es el gobierno. En el resto del sistema jurídico, el elemento esencial del fraude es el intento de estafar: ¿dónde está el engaño de quien no puede —o no quiere— pagar impuestos?

No existe una sola razón válida para que las omisiones de pagos fiscales sean castigadas con prisión: son deudas civiles y todo el aparato legal que penaliza el incumplimiento tributario es inconstitucional y violatorio de derechos humanos. ¿Por qué los adeudos fiscales no serían civiles? Ese disparate tal vez —sólo tal vez— puede explicarse desde la retórica falaz y fascista de «patriotas contribuyentes, traidores deudores e impuestos como dinero de la nación», con la que el fisco pretende imponer una óptica transpersonalista respecto a la propiedad privada y las libertades.

El fascismo se caracteriza por cuatro cosas: a) es un movimiento político y social; b) ese movimiento es totalitario; c) es corporativista; y d) exalta el nacionalismo[13]. La falta de respeto a la propiedad privada, bajo la fórmula de expropiación ilegítima de bolsillo —la ley decide que el dinero ganado por el particular ya no le pertenece, sino que es de la nación, a la que alude la ya ministra Ríos-Farjat— es un rasgo esencial del transpersonalismo que distingue a los movimientos totalitarios.

El transpersonalismo radica, como lo plantea Hegel en que «el Estado, las leyes, las constituciones, son los fines, y el individuo debe ponerse a su servicio; se diluye en ellos y sólo alcanza su propio fin en el fin universal»[14]. Es decir, en el transpersonalismo las libertades y derechos individuales no son límites del poder, sino que el Estado prevalece sobre las libertades individuales, ya que estas son concesiones del Estado hechas en interés del mismo Estado[15].

El fascismo, como movimiento totalitario, es transpersonalista, pero además tiene otros rasgos que, en la demagogia mexicana presente, presentan paralelismos amenazantes: en los totalitarismos, el Estado concentra todos los poderes en un partido único y controla coactivamente las relaciones sociales bajo una sola ideología oficial[16]. Un régimen político donde el Ejecutivo captura a los otros poderes y órganos autónomos, ningunea a las entidades federativas y municipios, cuenta con un partido hegemónico y pretende establecer una moral[17] específica y hasta cuánto deben ganar las personas en su ámbito privado[18], no es otra cosa que el gemelo idiota del fascismo.

Si a estos peligrosos elementos se le agrega la exaltación nacionalista que señala como patriotas a los que se someten a leyes fiscales expoliatorias —y, por exclusión, como traidores a la nación a los que se resisten a tales normas—, el último escaño vacante de la Corte Suprema se le entregó a  la versión mexicana de Alessandro Pavolini —el ministro de propaganda de Mussolini—.

En este momento, el gobierno de López Obrador ha propuesto a tres ministros: Juan Luis González Alcántara Carrancá, Yasmín Esquivel Mossa y Margarita Ríos-Farjat. Además, el presidente de la Corte Arturo Zaldívar Lelo de Larrea fue designado por impulso y operación del Ejecutivo. A estos cuatro ministros hay que agregar a Norma Lucía Piña Hernández, quien se ha alineado con el ala obradorista del máximo tribunal.

En los hechos, el obradorismo tiene cinco votos de los once posibles para las controversias y acciones de inconstitucionalidad, lo que implica que ese grupo de ministros puede bloquear que las resoluciones de las controversias constitucionales tengan efectos generales o que se declare la invalidez de las normas impugnadas en las acciones de inconstitucionalidad, ya que ambos procedimientos requieren aprobaciones por una mayoría de al menos ocho votos. Cualquier acto o política de la 4T se encuentra blindada de una anulación general por inconstitucionalidad.

La captura de la Corte tiene a la vista un nuevo episodio, ya que en 2021 José Fernando Franco González Salas concluye su periodo y el presidente López estaría en aptitud de proponer a su cuarto ministro, lo que implicaría que el bloque oficialista tendría seis jueces, suficientes para obstaculizar cualquier tema de amparo en el Pleno. Asimismo, en esas fechas, la Segunda Sala de la Corte también estaría en control del Ejecutivo, ya que, además de Yasmín Esquivel Mossa y Margarita Ríos-Farjat, habría otro ministro propuesto por el actual presidente: tendrían tres de los cinco votos posibles.

Si, de por sí, el paso directo del gobierno en turno a la Corte Suprema implica evidentes conflictos de interés, Ríos-Farjat tiene una visión autoritaria de las potestades públicas y las libertades individuales, como se desprende de su exordio chauvinista —casi maoísta— contra los malos contribuyentes. Si la función del alto tribunal es controlar la constitucionalidad de los actos de la Administración y legislaturas, se antoja difícil que una feroz recaudadora que considera enemigos de la nación a quienes no pagan contribuciones, se transfigure en defensora fiel de los derechos fundamentales de los gobernados: no está en su vocación, ni en su idea del mundo.

Por tanto, ni en el Legislativo (donde se aprobaron normas que convierten a los deudores en delincuentes), ni en el Ejecutivo (donde el SAT es el nuevo Santo Oficio contra los herejes del fisco), ni en el Judicial (donde la iglesia quedó, literalmente, en manos de Lutero), hay condiciones para la vigencia de los derechos fundamentales de los contribuyentes, ni siquiera los básicos: que los impuestos sean económicos por su monto, cómodos de pagar, claros de entender para el ciudadano y que respeten efectivamente su capacidad contributiva.

De poco sirve un modelo constitucional centrado en derechos humanos, si quien debe hacer valer y aplicar las reglas, principios y valores constitucionales, asume que la razón de Estado justifica la vulneración de las libertades y propiedad privada. La Suprema Corte mexicana cada día se parece más al Tribunal Supremo de la Unión Soviética —cuya designación y control estaba en el Presidium del Sóviet Supremo— y menos a un tribunal independiente del Ejecutivo y Legislativo.

Al igual que Hamlet, más de un contribuyente debe cuestionarse la tolerancia ante el abusivo: «¿quién soportaría los azotes y escarnios de los tiempos, el daño del tirano, el desprecio del fatuo, las angustias del amor despechado, las largas de la ley, la insolencia de aquel que posee el poder y las pullas que el mérito paciente recibe del indigno, cuando él mismo podría dirimir ese pleito con un simple punzón?»[19]. A diferencia del temor del danés en el castigo trascendente, el miedo del mexicano es a los ejecutores del gobierno, los tribunales y la policía —esa que no sólo es mafia para el argentino descrito por Borges en Evaristo Carriedo[20], sino que en México también es gavilla de trúhanes—.

En suma, un gobierno que asume que hay que cobrar tributos por todas las actividades productivas, es un gobierno fascista e inepto. Si, además, apresa a quienes omiten pagarle, es un gobierno represor y delincuente. Peor aún, si en un entorno de crecimiento económico cero, cercano a la recesión, propiciado por las malas decisiones del Ejecutivo, su solución es llenarse las alforjas aumentando los impuestos y capturando a la Corte que debe vigilarlo, es un gobierno egoísta y tirano. Algo hay podrido en el SAT y es culpa del príncipe…

[1] Shakespeare, William, Hamlet, Acto 1, Escena 4 (90).

[2] Xantomila, Gabriel, “Analizan revivir tenencia federal para 2020”, El Sol de México, 8 de abril de 2019, https://bit.ly/2SxUki1.

[3] https://dle.rae.es/incautarse?m=form

[4] https://dle.rae.es/confiscaci%C3%B3n

[5] Campos, Maria, Ruiz, Liliana, De la dependencia fiscal a la corresponsabilidad, 2 de diciembre de 2019, https://bit.ly/2uAzu9F.

[6] Redacción Economía 3, Ocho claves sobre el cambio del IVA y su impacto en el déficit y las CCAA, 2 de febrero de 2019, https://bit.ly/39m8auI.

[7] INEGI, “Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo”, noviembre de 2019, https://bit.ly/31FIzdw.

[8] Flores, Zenyazen, “SAT pide seas ‘patriota’ y cumplas con la declaración”, 4 de abril de 2019, https://bit.ly/2UEWYFm.

[9] https://dle.rae.es/patriota?m=form.

[10] Saldívar, Belén, “Más de 5.5 millones de contribuyentes presentaron su declaración anual: SAT”, El Economista, 5 de mayo de 2019, https://bit.ly/2Se2cpP.

[11] Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, 2019, art. 2º, fracciones VIII, VIII Bis y VIII Ter. Estas fracciones, reformada la VIII y adicionadas las VIII Bis y VIII Ter.

[12] Código Fiscal de la Federación, 2019, art. 108.

[13] https://dle.rae.es/fascismo.

[14] Hegel, Georg, La razón en la historia, Madrid, 1972. p. 312. Citado por Bidart Campos, Germán J., Teoría General de los Derechos Humanos, UNAM, México, 1989, p.84, nota 16.

[15] García Isaza, Alfonso, “Personalidad y Transpersonalismo del Estado”, Revista Universidad Pontificia Bolivariana, vol. 29, número 101, 1966, pp. 17-31.

[16] https://dle.rae.es/totalitarismo

[17] NOTIMEX, Cartilla Moral busca promover una forma de vivir sustentada en el amor: AMLO, 14 de enero de 2019, https://bit.ly/2SwwIuk.

[18] Sánchez, Axel, “AMLO pide a empresarios moderar ganancias; para los analistas, no son altas”, El Financiero, 8 de noviembre de 2019, https://bit.ly/2w3Y3w9.

[19] Shakespeare, William, op. cit., Acto 3, Escena 1 (70).

[20] Borges, Jorge Luis, Vid, «XI. Historia del tango. Un misterio parcial», en Evaristo Carriedo (1930), Obras completas. t. I.,1923-1949, 19ª Edición, Emecé, Argentina, 2007, p. 189.

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