Ayer, por fin, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) dio a conocer el texto de la resolución tomada el pasado 8 de junio por el pleno de ese órgano regulador donde se determinó que Uno Tv, portal web propiedad de Telmex, no viola el título de concesión de esa empresa cuya “condición 1.9” le prohíbe proporcionar servicios de televisión. Según el Ifetel, la empresa de Carlos Slim no transmite señales de tv, ni radiodifundida ni de paga, y no constituye un “canal de transmisión” ni un “canal de programación”.
PRIMERA DENUNCIA
El documento permite apreciar las divergencias que hubo dentro del Ifetel, conocer los argumentos de las empresas que acusaron a Telmex de violar su título de concesión —Pegaso y Tv Azteca—, los de la empresa deSlim en su defensa y el sentido en que votaron los comisionados.
Según el documento, el 23 de enero de 2014 las empresas Pegaso Comunicaciones y Sistemas, y Pegaso PCS, propiedad de Alejandro Burillo, así como el Grupo de Telecomunicaciones Mexicanas, ligado a la Telefónica Movistar, denunciaron a Telmex por violar su título de concesión “toda vez que proporciona de forma indirecta el servicio de televisión”.
SEGUNDA DENUNCIA
Un año y medio después Televisión Azteca denunció a Telmex por la misma causa: según la empresa de Ricardo Salinas Pliego, “desde el mes de abril de 2015, AMX controladora de Telmex, ha venido llevando a cabo la distribución de señales de televisión (imágenes en movimiento con audio asociado) de manera lineal al igual que transmisiones en vivo, dentro del portal de Uno Tv… a través de la plataforma denominada comercialmente … UNO TV EN DIRECTO, utilizando la red pública de telecomunicaciones de su controlada (Telmex)”.
El asunto fue turnado a la Unidad de Cumplimiento del Ifetel que el 25 de agosto 2015 notificó a Telmex la denuncia en su contra y la conminó a presentar pruebas en su defensa. También solicitó a la Unidad de Política Regulatoria designar peritos en sistemas computacionales y en telecomunicaciones con el fin de analizar el caso. Fueron designados por la autoridad los ingenieros Mario Alfonso Torres Rivera, Subdirector de Caracterización de Servicios del Ifetel (sistemas computacionales) y Pablo Vinicio González Rodríguez, Jefe de Departamento de Modelos de Costos 2 (telecomunicaciones). Telmex también presentó peritos cuyos nombres quedaron resguardados.
EL PLENO DECIDE
Inicialmente, la Unidad de Cumplimiento del Ifetel, a cargo de Carlos Hernández Contreras, determinó que Telmex sí había violado el párrafo segundo de la “condición 1.9”, por lo que podría aplicársele una multa de 1 a 3 por ciento de sus ingresos; sin embargo, los dictámenes de los peritos coincidieron en que “no puede considerarse que Uno Tv preste servicios de televisión”, por cual el pleno del Instituto ejerció su facultad de decidir sobre el caso. Su determinación fue la siguiente: “No existe infracción administrativa a cargo de ‘Teléfonos de México’, respecto del presunto incumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo de la condición 1.9 del Título de Concesión ‘Distribución de Señales de Televisión’, en virtud de que la difusión de los contenidos del portal Uno Tv… a través de su red constituyen contenidos de texto, imágenes, audio y video a través de internet que se encuentran albergados en un sitio web, es decir en un conjunto de páginas web agrupadas bajo un mismo dominio de internet, los cuales no se transmiten a todos los usuarios de la red mundial de internet, sino que se acceden bajo demanda de los usuarios (por lo que) no estamos ni en presencia de televisión radiodifundida, ni en presencia de un ‘canal deprogramación’ ni de un ‘canal de transmisión de radiodifusión’”.
CINCO A UNO
Y concluye: “Los usuarios de servicios de telecomunicaciones del país y del extranjero que cuenten conacceso a internet pueden dirigirse al sitio web en el que se encuentran diversos contenidos (entre ellos los de Uno Tv) y tener acceso al que le interese, por lo que, los contenidos de (ese portal) por su naturaleza no requieren de servicios de distribución de televisión para que los usuarios de internet, a libre demanda puedan acceder a ellos, de ahí que… no pueda estimarse de modo alguno que ‘Teléfonos de México’ distribuye señales de televisión a través de (Uno Tv) y en consecuencia no existe incumplimiento alguno de su parte al contenido obligacional previsto en el segundo párrafo de la condición 1.9 ‘Distribución de Señales de Televisión’ del Título de Concesión”.
A favor de la resolución votaron Gabriel Contreras, Ernesto Estrada, Mario Fromow, Adriana Labardiniy María Elena Estavillo, con la salvedad de que las dos comisionadas emitieron “voto concurrente” (es decir, a favor de la resolución, pero sin estar de acuerdo con la totalidad de la argumentación). El comisionado Adolfo Cuevas Teja votó contra la decisión del pleno.
Este artículo fue publicado en Milenio el 16 de junio de 2016, agradecemos a Fernando Mejía Barquera su autorización para publicarlo en nuestra página.
