El pasado 4 de noviembre, diversos senadores de Morena, PRI y PRD presentaron una iniciativa mediante la cual se pretende obligar a los particulares a pagar una especie de “indemnización” a las sociedades de gestión colectiva que, en teoría, representan a los titulares de derechos de autor sobre obras musicales, video gráficas, plásticas o literarias. Esta pretensión parte del supuesto de que simplemente por poseer algún dispositivo con capacidad de almacenamiento o reproducción, el usuario está -automáticamente y sin juicio previo- cometiendo piratería y afectando a los autores, a quienes deberá indemnizar.
Este no es el primer intento en que el cabildeo de la Sociedad de Autores y Compositores de México (SACM) ha logrado que el Congreso de la Unión trabaje a favor de sus intereses. Apenas el 30 de abril de 2021, el pleno de la Cámara de Diputados rechazó esta propuesta. Ahora, la iniciativa impulsada por la SACM en el Senado de la República pretende corregir los evidentes excesos de su primer proyecto, matizando algunas de sus disposiciones o incorporando texto que pretende ocultar el más grave defecto de la iniciativa: el impacto directo en los bolsillos del consumidor de teléfonos móviles, tablets, laptops, computadoras de escritorio, servidores de Internet, consolas de videojuegos, soportes USB o discos duros.
Para aparentar que no es el consumidor el que pagará esta “indemnización”, la iniciativa establece que el pago será cubierto por los fabricantes o importadores de aparatos, dispositivos, soportes tecnológicos o cualquier otro que permita la copia o reproducción sonora, visual o audiovisual de una obra. De manera retórica y populista, se aclara que por ningún motivo este costo podrá trasladarse a los precios que pagan los consumidores finales, y se ordena a la Procuraduría Federal del Consumidor verificar que no haya aumento de precios. Este texto, exclusivamente retórico, es imposible de cumplir. Pensar que el precio de un iPhone debe mantenerse fijo es no saber nada sobre el funcionamiento de los mercados y las variables que afectan los precios; para empezar con esa cosa que los políticos simplemente no entienden: la ley de la oferta y la demanda.
En una curiosa disposición se establece que el gobierno (cualquier ente público) tiene derecho a que las sociedades de gestión colectiva le devuelvan este “impuesto”. A ver, si según ellos no son los consumidores los que al final terminarán pagando el pato ¿por qué al gobierno como usuario final habría que devolverle algo? La redacción mañosa es evidente. También ¿por qué si la iniciativa supone que todos los particulares violan derechos de autor sólo por poseer dispositivos con capacidad de almacenamiento o reproducción, al mismo tiempo -y sin lógica alguna- presupone que el gobierno nunca los viola?
Además, la mayoría del contenido musical y audiovisual se consume ya a través de plataformas de streaming, como Spotify, Netflix, Amazon, Apple o televisión y radio que ya pagan derechos de autor. La mayoría de los usuarios ya no tienen copias privadas de la música y video que consumen, por lo que la SACM pretende recibir pagos adicionales por derechos de autor que muy probablemente ya se pagaron. Recordemos que las sociedades de gestión colectiva son como sindicatos, en los que la dirigencia manda y se reparte la mejor parte, mientras a los afiliados les tocan migajas. En este caso, un autor individual no tiene derecho a cobrar esta contraprestación.
Por último, dos apuntes jurídicos: el derecho de retribución por copia privada no está previsto en nuestros tratados de libre comercio, que señalan que cualquier aumento en los aranceles o cuotas es contrario a los mismos. Por su parte, el Congreso de la Unión carece de facultades para imponer obligaciones de pago líquidas entre particulares a través de normas generales. Por tanto, el proyecto es inconstitucional.
La iniciativa sólo busca enriquecer a las sociedades de gestión colectiva, no realmente al creador. Además de golpear de manera innecesaria todo esfuerzo en favor de la inclusión digital.
Este artículo fue publicado en El Economista el 16 de noviembre de 2022. Agradecemos a Gerardo Soria su autorización para publicarlo en nuestra página.