Mañana miércoles, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá un proyecto para que los funcionarios públicos no puedan bloquear a periodistas en sus cuentas de Twitter.
Lo anterior con base en la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Octavo de Distrito con sede en Veracruz que ordenó el fiscal de dicha entidad, Jorge Winckler Ortiz, desbloquear de su cuenta de Twitter al periodista Miguel Ángel León Carmona, quien interpuso un amparo luego de que en octubre de 2017 fue bloqueado por el Fiscal de Veracruz. Entonces el periodista alegó que el bloqueo del funcionario vulneraba su derecho de acceso a la información como periodista, “pues le impide conocer datos de interés general vinculados al ejercicio del cargo público que ostenta la autoridad responsable”.
En ese sentido, el del quejoso y la resolución del Juzgado Décimo Octavo, el proyecto de sentencia de amparo en revisión 1005/2018 del ministro Eduardo Medina Mora, establece que bloquear el acceso a un periodista o persona que pueda resultar incómoda a los contenidos publicados en la cuenta de Twitter de un funcionario representa una restricción al derecho al acceso a la información.
Asimismo, señala que el desbloqueo no sólo aplica para los funcionarios activos sino incluso después de que dejen el cargo, porque continúan siendo “personas públicas”.
De no acatar la sentencia, en el texto también se prevé que el juez pueda exigir a la red social Twitter, a través de su representación en México, desbloquear a la persona afectada.
Respecto a los alegatos del fiscal Winkler, de que la “cuenta es de carácter personal, fue creada antes de ostentar el cargo de fiscal general y, además, existen medios oficiales a través de los cuales el quejoso puede acceder a la información pública general”, Medina Mora considera que prevalece el derecho al acceso a la información sobre el derecho a la privacidad del funcionario.
Además precisa que al utilizar su cuenta para publicar mensajes relacionados con sus actividades como servidor público, Winkler “decidió voluntariamente colocarse en un nivel de publicidad y escrutinio distintos al de una persona privada. Por esta razón, el propio funcionario fue quien libremente decidió extraer su cuenta de la esfera privada para trasladarla al ámbito público, con todos los contenidos que preexistían en ella”.
“Al ser una persona pública y particularmente un funcionario público, su derecho a la intimidad se ve ´desdibujado´ en aras de favorecer el derecho a la información. Esto es así porque los temas de interés general, como los relacionados con el desempeño de su gestión gubernamental, están sometidos a un fuerte nivel de escrutinio por parte de los medios de comunicación y la sociedad”, agrega el proyecto.
Ahora bien, aunque en el proyecto prevalece el acceso a la información, también dice que los funcionarios pueden mantener el bloqueo cuando exista una conducta abusiva, arbitraria o desproporcional. Pero enseguida aclara que no cualquier crítica o ataque difundido por Twitter califica como “comportamiento abusivo” que justifique el bloqueo.
(Con información de Reforma y Noticias MVS)