La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sancionó a Televisión Azteca con apenas 350 mil 500 pesos, por transmitir reportajes en favor del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en toda su barra de noticieros del canal 13 durante las campañas electorales.
De manera unánime, los magistrados acordaron multar a la televisora de Ricardo Salinas Pliego con cinco mil días de salario mínimo y al partido político con mil días, equivalente aproximadamente a 70 mil 100 pesos, por promover ilegalmente la plataforma del partido.
Durante la sesión, los magistrados señalaron que si bien el reportaje “Acuerdo y movilidad” que se transmitió en “Hechos (AM, Meridiano y de Noche)” se trató de un ejercicio periodístico neutral y objetivo, consideraron que al cierre del mismo el reportero transgredió los límites constitucionales y legales permitidos al decir: “con estas ideas el PRI y el Partido Verde aspiran a que la ciudad de México se convierta en un modelo de movilidad como sucede en otras grandes urbes”, una frase donde se inobservó el modelo de comunicación política, puesto que es un posicionamiento que se apartó de la objetividad propia del reportaje, indicaron.
La magistrada ponente Gabriela Villafuerte Coello explicó que la libertad de estructura, noticia, confección, entrevistas y contenidos, está blindada. Sin embargo, en el cierre, el creador del reportaje realiza, solo en esa parte, un posicionamiento que va más allá de la libertad de expresión y de periodismo.
Por su parte, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña recalcó que la libertad de expresión de los medios de comunicación, debe coexistir con el derecho de la ciudadanía a recibir información cierta, oportuna, completa, plural e imparcial, para que las precampañas y campañas electorales se desarrollen en un contexto de equidad razonable
En la queja presentada por el PAN se señala que entre el 24 de abril y el 6 de mayo se transmitieron 20 reportajes en los noticieros de TV Azteca en los que solo hablaban del PVEM o respaldaban su agenda legislativa.
No obstante, en la propia sentencia se determinó la inexistencia de la conducta, en relación con los cinco reportajes denunciados, al ser producto del ejercicio de la libertad de expresión y libertad periodística.
Este es el reportaje en cuestión:
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